El TSJA confirma la condena a un psiquiatra a siete años de prisión por violar a una paciente

Tribunales.-El TSJA reduce dos meses la penas de dos condenados por estafar 180.000 euros a una madre y su hijo
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Tribunales.-El TSJA reduce dos meses la penas de dos condenados por estafar 180.000 euros a una madre y su hijo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a un psiquiatra a siete años de prisión por violar a una paciente aprovechando que ese día la enfermera, que habitualmente asistía al médico, no se encontraba en su puesto de trabajo.

La agresión sexual fue cometida el 16 de mayo de 2019 cuando la mujer, que padecía una depresión leve, acudió a la cita con su psiquiatra sobre las 20.00 horas aproximadamente, según la sentencia.

El procesado fue condenado en primera instancia por la Audiencia Provincial de Málaga, pero recurrió y ahora el TSJA ha desestimado el recurso del facultativo y ha confirmado íntegramente la sentencia.

El Audiencia lo condenó por un delito de abuso sexual, "al consistir la acción en la realización de actos que atentan contra la libertad o indemnidad sexual de la víctima, concurriendo penetración con introducción de miembro corporal y teniendo una relación de superioridad con la referida víctima ya que era el psiquiatra que llevaba su tratamiento".

En la sentencia de instancia se explica que la víctima en 2019 presentaba un cuadro de distemia o depresión leve para el que se estaba tratando entre otros profesionales en la consulta del psiquiatra condenado.

Dentro de este tratamiento, mayo de 2019 acudió a la cita del doctor y no se encontraba ese día en su puesto de trabajo la enfermera que habitualmente asistía al médico.

Como en una visita anterior le había manifestado la víctima que creía tener una hernia, éste le preguntó por esa cuestión y le solicitó que se tumbara en la camilla para examinarla.

Testimonio verosímil

Una vez tumbada, el doctor "movido por un ánimo libidinoso" la violó pese a la insistencia de la joven de que le dolía.

La víctima, indica la sentencia de la Audiencia, confiaba en el doctor y creía que atendía bien su patología, por lo que "había confiado en todo momento en las indicaciones del facultativo" y fue "precisamente por esa confianza completamente vulnerable al espurio ataque del psiquiatra".

En el recurso presentado ante la Sala Civil y Penal, el condenado negaba los hechos y reclamaba la absolución por error en la valoración de las pruebas del juicio, vulneración del derecho a la presunción de inocencia y aplicación indebido de los artículos del Código Penal.

En el error de valoración de la prueba, el recurrente apela a que la declaración de la víctima, principal prueba de cargo, se trata de "fabulaciones o ideaciones extrañas o extravagantes". Pero la Sala entiende que el testimonio colma los requisitos de verosimilitud, persistencia en la incriminación y falta de intereses espurio.

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