Un juez reconoce la incapacidad absoluta a una mujer que sufre la patología "cara de luna"

Una médico le da una receta a un paciente.
Una médico le da una receta a un paciente.
Natalia Gdovskaia vía getty Images
Una médico le da una receta a un paciente.

Un juez ha reconocido a una mujer que sufre la enfermedad conocida como "cara de luna" la incapacidad absoluta que le había denegado el Instituto Nacional de la Seguridad Social, al que condena a pagarle una pensión de 1.730 euros con efectos retroactivos.

Esta trabajadora, una contable, padece el Síndrome de Cushing, una rara afección hormonal que provoca síntomas estéticos que pueden ser traumáticos, como la aparición de joroba en la espalda, una cara excesivamente redondeada -cara de luna-, crecimiento de vello denso y oscuro en cara y cuerpo, además de cansancio extremo, debilidad muscular y, en muchos casos, depresión, como le sucedió a esta mujer, la cual fue diagnosticada con depresión crónica.

Su enfermedad, asimismo, acabó derivando en un tumor, que le fue extirpado.

A raíz de esta enfermedad, el INSS le reconoció una incapacidad permanente total que la incapacitaba para realizar su trabajo habitual pero no otro, y que implica una pensión del 55%, denegándole por consiguiente la incapacidad absoluta, que supone una retribución del 100% de la base reguladora y la imposibilidad de realizar cualquier tarea laboral.

La mujer presentó entonces una demanda en octubre de 2022 a través del despacho Campmany Abogados, y ahora el juzgado de lo Social número 15 de Barcelona ha dado la razón a esta trabajadora, a la que le concede la incapacidad absoluta y condena al INSS a pagarle una pensión de 1.730,44 euros.

En la sentencia,  el juez concede además a la mujer esta prestación con efectos retroactivos desde mayo de 2022, cuando el INSS se la denegó al reconocerle solo una incapacidad permanente total.

El juez aduce en su sentencia, contra la que cabe interponer un recurso de súplica, que procede conceder a esta mujer la incapacidad permanente en grado de absoluta, ya que existe una tendencia a "la cronicidad de la sintomatología ansioso-depresiva" que sufre desde el año 2020, y que la convierte en una persona "altamente incapacitante".

Sostiene asimismo el magistrado que, dada su enfermedad, la mujer tiene "secuelas en diversos ámbitos neuroendocrinos", que "dificultan su funcionalidad en todos los ámbitos de su vida". Por ello, el juez concluye, que esta mujer "no está capacitada para llevar a cabo una actividad laboral normalizada".

En su sentencia, el juez se basa en la prueba practicada durante el juicio, en el que la mujer aportó numerosos informes médicos que acreditan sus secuelas físicas, neurológicas y de salud mental derivadas de esta rara enfermedad. 

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