Griñán, de 77 años, se libra de la cárcel durante los próximos cinco años

Europa Press

Parece que la travesía judicial que el expresidente de la Junta José Antonio Griñán inició en 2019, cuando los jueces dictaron la sentencia de la pieza política del caso de los ERE, está llegando a su fin. Y es que el socialista, que a principios de este mes cumplió 77 años, no entrará finalmente en prisión para cumplir la condena de seis años que le fue impuesta por malversación y prevaricación.

Así lo ha determinado la Audiencia de Sevilla, que este lunes ha dictado un auto en el que acuerda suspender por un plazo de cinco años la ejecución de la pena privativa de libertad debido al cáncer de próstata que padece Griñán, que para entonces tendrá 82 años.

En el auto, al que ha tenido acceso este medio, el tribunal accede así a la solicitud que la defensa del expresidente realizó en base al artículo 80.4 del Código Penal, que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una "enfermedad muy grave con padecimientos incurables".

"Habrá que estar a la afección del derecho a la vida e integridad física del condenado, teniendo en cuenta el tipo de enfermedad y la mayor o menor incidencia que el ingreso en prisión de quien la padece tendría en ella", pone de manifiesto la Audiencia, que recuerda que, en este caso, la Sala "ya concedió al penado un aplazamiento sobre la decisión de la suspensión de la ejecución de la pena hasta que concluyeran las sesiones de radioterapia".

El informe forense

Los magistrados agregan que, a la vista de informes posteriores, en los que se especificaba que el tratamiento de Griñán, acabada ya la radioterapia, consistía en "ejercicios rehabilitadores y tratamiento farmacológico", se solicitó al Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla que volviera a informar para poder resolver sobre la suspensión o no, toda vez, explica el auto, que el mencionado tratamiento "parecía compatible con el ingreso" en la cárcel.

El médico forense emitió otro informe el 15 de junio, que concluía que Griñán "se encuentra aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables en los términos que señala el artículo 80.4 del Código Penal, sin perjuicio de las consideraciones que se añaden en el presente informe médico forense que hacen desaconsejable su ingreso en centro penitenciario". Una conclusión a la que la Fiscalía Anticorrupción no se opuso.

La Sección Primera de la Audiencia subraya que "este tribunal, en casos como el presente, referidos a cuestiones médicas, se ve sometido a los criterios técnicos del experto en la materia, cuyos conocimientos son esenciales para poder resolver sobre el fondo de las cuestiones jurídicas planteadas". Así, concluye, a la vista del último informe forense, la Sala "no puede sino acordar la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por plazo de cinco años con los apercibimientos legales, teniendo en cuenta además los informes de las acusaciones, que no se oponen a la concesión del beneficio solicitado por la representación del penado".

De esta forma, Griñán es el único condenado a prisión en la pieza política de los ERE que no entrará, de momento, en la cárcel, a excepción del ex director general de Trabajo Juan Márquez, a quien el Tribunal Supremo redujo su condena y concedió un año de suspensión de la pena hasta resolverse el indulto solicitado. 

Sí ingresaron en un centro penitenciario a principios de este año los exconsejeros José Antonio Viera -a quien se le ha concedido el tercer grado por motivos de salud y cumplirá el resto de su pena en un Centro de Inserción Social-, Francisco Vallejo, Carmen Martínez Aguayo y Antonio Fernández, así como el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez y el exdirector de la Agencia Idea Miguel Ángel Serrano. Y también, el pasado abril, el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, quien también sufre cáncer pero la Justicia determinó que sí podría entrar en la cárcel.  

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