El Supremo absuelve a cuatro ladrones con condenas de hasta 32 años de cárcel por irregularidades de la Guardia Civil

La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
TC
La sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

El Tribunal Supremo ha absuelto a cuatro personas, todas ellas reincidentes, que fueron condenadas a penas de entre 7 y 32 años de prisión por  múltiples robos de coches y joyas en Madrid y Castilla-La Mancha porque la Guardia Civil realizó actuaciones, como balizar vehículos, sin autorización judicial.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que estima el recurso de los condenados contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que en líneas generales había confirmado las penas impuestas por la Audiencia de Toledo.

Este tribunal les condenó por delitos de robo con fuerza, tenencia ilícita de armas, robo con violencia e intimidación, falsedad documental, hurto, receptación y lesiones. Todos ellos contaban con un largo historial de condenas por sentencia firmes por estos mismos delitos.

Los hechos juzgados se cometieron entre septiembre y noviembre de 2018 en diversos puntos de la Comunidad de Madrid y Castilla-La Mancha, tanto en la calle como en tiendas y polígonos, donde robaron todo tipo de objetos, incluidas joyas y vehículos de alta gama.

En sus recursos, los condenados denunciaron el empleo por parte de la Guardia Civil de medios de investigación tecnológica que supusieron una injerencia en sus derechos fundamentales. Entre ellos destacan el balizamiento de vehículos, que no figuran en el atestado y de los que no hay constancia documental alguna. De ello se enteraron por la testifical de dos agentes en el juicio.

El Supremo les da la razón al explicar que el instituto armado "practicó medidas limitativas de derechos de los que no hay constancia documental en la causa". Añade que "se practicaron otras medidas limitativas de derechos, de las cuales tampoco hay constancia en el atestado, ni en cuanto a su adopción, ni su contenido, ni su resultancia".

"Se acordaron injerencias en los derechos fundamentales de los investigados, lesionando el derecho de defensa que no ha podido contradecir la prueba y la investigación", recalca la Sala.

El Supremo arremete contra la actuación de la Guardia Civil que "dispuso de medios de investigación afectantes de derechos fundamentales, sin que conste ni los momentos de su adopción, ni el tiempo, ni la autoridad judicial que la adoptó, ni la resultancia de esas investigaciones".

"La falta de incorporación al proceso de las medidas de investigación adoptadas, las intentadas y las realizadas, respecto a las que se ignora cuáles fueran, qué periodo permanecieron activas y qué resultancia produjeron, perturba gravemente la equidad del proceso y lesiona, gravemente, el derecho de defensa al no poder cuestionar su regularidad y licitud", precisa la Sala. 

Mostrar comentarios

Códigos Descuento