Cómo votar por correo para las elecciones autonómicas y municipales de la Comunidad Valenciana del 28 de mayo 2023

28A.- La Oficina del Censo Electoral acepta 39.177 solicitudes de voto por correo para Asturias
Voto por correo.
EUROPA PRESS - Archivo
28A.- La Oficina del Censo Electoral acepta 39.177 solicitudes de voto por correo para Asturias

La convocatoria para los comicios electorales del próximo domingo 28 de mayo de 2023 ha sido publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Por lo tanto, los ciudadanos de la Comunidad Valenciana ya pueden comenzar a solicitar el voto por correo para elegir a sus alcaldes y al presidente de la Generalitat y tendrán hasta el día 18 de mayo para ejercer este derecho mediante esa vía. Por este motivo resulta necesario conocer cuáles son los pasos a seguir para votar por correo.

Para solicitar el voto por correo, los ciudadanos deberán recoger el impreso de solicitud en la oficina de Correos, que ya se encuentra disponible desde la publicación de la convocatoria. También se tendrá que colocar la dirección postal a la que la persona interesada desea que se le envíe toda la documentación electoral correspondiente. Después, según explica el Ministerio de Interior, la Oficina del Censo Electoral enviará a la dirección indicada la siguiente documentación:

  • Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a cada uno de los procesos convocados.
  • Un sobre de votación para cada proceso.
  • El certificado de inscripción en el censo.
  • Un sobre en el que estará escrita la información de tu mesa electoral.
  • Una hoja explicativa.

El ciudadano que ha solicitado el voto por correo tendrá que recibir personalmente la documentación. A continuación, elegirá la papeleta de votación y la introducirá en el sobre correspondiente. Dicho sobre, junto con el certificado de inscripción en el censo, se colocarán dentro del sobre que tiene escrita la dirección su mesa electoral.

No se podrá colocar ningún documento que acredite la identidad del ciudadano en el sobre de votación, puesto a que de ser así, su voto será nulo. El votante tendrá que llevar el sobre a una oficina de Correos y deberá enviarlo por correo certificado. El plazo es de hasta cuatro días antes de los comicios. Por último, resulta importante recordar que, una vez que se solicita el voto por correo y se acepta la solicitud, ya no se podrá votar de forma presencial el día de las elecciones.

¿Cómo votar fuera de España?

Los ciudadanos que estén fuera del país ya sea de vacaciones o residiendo temporalmente en el extranjero también tendrán la oportunidad de ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones sin necesidad de trasladarse a España. Tendrán que rellenar y presentar el impreso de manera presencial en el consulado o embajada española del país donde estén antes del sábado 29 de abril. El documento ya se encuentra disponible en dichas instituciones y también puede descargarse por internet.

Para poder votar también será necesario inscribirse en el registro de matrícula consular del país donde se hallen. No obstante, no será necesario realizar este trámite con antelación ya que podrá hacerse al mismo tiempo que se presente la solicitud de voto.

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