Cómo pagar las multas de estacionamiento regulado de la Zona SER de Madrid

Recurrir una multa de tráfico no es tan difícil si se sabe qué pasos seguir.
Cómo pagar las multas de estacionamiento regulado de la Zona SER de Madrid.
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Recurrir una multa de tráfico no es tan difícil si se sabe qué pasos seguir.

El Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) tiene el propósito de regular y controlar el estacionamiento de vehículos en algunas de las zonas más congestionadas de la ciudad de Madrid. Así como también ayudar a los residentes de esas zonas, para quienes encontrar una plaza donde aparcar el coche resulta, en ocasiones, un verdadero dolor de cabeza. Sin embargo, muchas personas todavía desconocen cómo funcionan estas zonas y por este motivo son multadas por la policía. A este problema se suma el hecho de que algunas no saben cómo pagar las multas de estacionamiento regulado de la Zona SER.

En principio resulta importante destacar que las multas relacionadas con la Zona SER de Madrid se pagan de la misma forma que cualquier otra multa de circulación. La cuantía de estas puede reducirse en un 50% si se pagan en los primeros 20 días naturales desde que se notifican las denuncias; siempre y cuando no se trate de algunas de las infracciones tipificadas como muy graves en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial como lo son conducir portando inhibidores de radares, ocultar o modificar la señalización, realizar obras sin contar con las autorizaciones correspondientes o no señalizar las obras que se estén realizando en la vía pública.

Pagar durante el periodo voluntario

Dentro del periodo voluntario, es decir, en los primeros 20 días naturales, es posible realizar el pago de la multa de varias formas: en línea, de manera presencial, por correo o por teléfono. Los ciudadanos que deseen pagar en línea tendrán hasta las 20.00 horas del último día del periodo voluntario de pago para abonar la cantidad. Tendrán que acceder a la página web municipal (www.madrid.es mediante aplicación segura de pago), pulsar la opción "Tramitar en línea" y seleccionar la opción "Pago de multas de circulación en periodo voluntario". El sistema le pedirá a las personas que coloquen algunos datos que figuran en la notificación recibida.

Los ciudadanos que decidan pagar la multa de manera presencial deberán acudir a las Oficinas de Atención a la Ciudadanía - Línea Madrid y podrán abonar la cantidad correspondiente con tarjeta de débito o crédito. Además, cabe destacar que no es necesario pedir cita previa para ser atendido. También se puede pagar la multa por correo con un cheque nominativo y conformado expedido a favor del Ayuntamiento de Madrid y remitido a la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación, ubicada en la calle Albarracín, 33, 28037 Madrid. En caso que se opte pagar por este método, es imprescindible colocar el número de expediente así como también la matrícula del vehículo.

Por último, las personas que lo deseen pueden realizar el pago por teléfono hasta las 20.00 horas del último día del periodo voluntario de pago llamando al 010 o al 915 298 210 si la llamada se hace desde fuera del municipio de Madrid. El pago se puede realizar con tarjeta de débito o crédito. Para ello, el interesado deberá disponer en el momento de la llamada de todos los datos que se encuentran en el documento de pago, puesto a que deberá proporcionarlos.

Multas impuestas en el acto

No obstante, cuando las multas son impuestas en el acto por un agente de la Policía Municipal de Madrid los métodos de pago son diferentes. En principio, los multados podrán abonar la cantidad al agente en el momento de la denuncia. También podrán pagar con un cheque nominativo y conformado a favor del Ayuntamiento de Madrid en los veinte días siguientes a la fecha en que se cometió la infracción y que deberá ser remitido a la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación, ubicada en la calle Albarracín, 33, 28037 Madrid.

Los interesados también podrán acudir con cita previa al Departamento de Relaciones con la Ciudadanía de la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación de 8.30 a 14.00 horas. Dicho departamento se encuentra ubicado en planta baja de la calle Albarracín, 33. Los ciudadanos deberán llevar el boletín de denuncia original para obtener un documento de pago con el que podrán pagar la multa en alguna entidad bancaria, por teléfono o de manera online.

La última forma de realizar el pago cuando la multa es impuesta en el acto por un agente de la Policía Municipal es enviando una copia escaneada del boletín de denuncia al siguiente correo electrónico: gesmultas@madrid.es. Desde esta dirección se le enviará al interesado un documento de pago para abonar la cantidad.

Pagar durante el periodo ejecutivo

Una vez finaliza el periodo para pagar de manera voluntaria, la dependencia municipal encargada de gestionar las multas pasa a ser la Subdirección General de Recaudación de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid. Esto significa que, en caso de no abonarse la multa en el periodo voluntario, se pasa automáticamente a la fase de ejecución forzosa o apremio.

Existen tres maneras de pagar una multa de circulación cuando ha pasado el periodo voluntario: por teléfono, online o de forma presencial. Para pagar por teléfono los interesados deberán llamar al 010 o al 915 298 210 si se encuentran fuera del municipio y proporcionar los datos de su tarjeta de débito o crédito. 

Si se decide abonar la cantidad telemáticamente, los ciudadanos deberán acceder a la página www.madrid.es, pinchar la opción "Tramitar en línea" y después seleccionar "Pago electrónico de deudas vencidas (periodo ejecutivo)". Por último, se puede acudir a las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid o a las Oficinas de Atención a la Ciudadanía - Línea Madrid. En ambas solo se podrá pagar con tarjeta de débito o crédito.

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