Los futbolistas de la Arandina condenados por abuso sexual también podrían beneficiarse de la ley del 'solo sí es sí'

Llegada de los exjugadores de la Arandina CF a la sesión en la que se dio a conocer la sentencia. Foto archivo.
Llegada de los exjugadores de la Arandina CF a la sesión en la que se dio a conocer la sentencia.
EUROPA PRESS
Llegada de los exjugadores de la Arandina CF a la sesión en la que se dio a conocer la sentencia. Foto archivo.

En medio de la polémica por las excarcelaciones y rebajas de condenas a agresores sexuales tras la aplicación de la ley del 'solo sí es sí', el Tribunal Supremo revisará el próximo 29 de noviembre los recursos contra la sentencia del caso Arandina.

La Sala de lo Penal ha fijado para ese día la deliberación y fallo de los recursos presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que absolvió a un exjugador de la Arandina Club de Fútbol tras ser condenado previamente a 38 años de cárcel; y rebajó la pena de otros dos exjugadores a 3 y 4 años de cárcel, al ver los jueces abuso sexual y no agresión. 

Esa sentencia modificó notablemente la dictada anteriormente por la Audiencia Provincial de Burgos y ahora el Supremo deberá pronunciarse ante los recursos presentados.

La deliberación del Alto Tribunal llega en medio de la polémica abierta por la revisión de condenas en aplicación de la ley del 'solo sí es sí'. De hecho, el Supremo tiene encima de la mesa varios recursos de condenados que piden adecuar a la baja sus penas en base a esta norma, y prevé pronunciarse en menos de un mes sobre alguno de ellos.

En el caso de la Arandina, el tribunal debe resolver los recursos de dos exjugadores y también el de la Fiscalía, que entiende que el tribunal autonómico no debió aplicar los atenuantes que sirvieron para disminuir de manera sustancial las penas.

Agresión sexual a una menor

En diciembre de 2019, la Audiencia de Burgos condenó a 38 años de cárcel a cada uno de los tres exjugadores de la Arandina (Carlos Cuadrado 'Lucho', Víctor Rodríguez 'Viti' y Raúl Calvo) por la agresión sexual a una menor el 24 noviembre de 2017.

Sin embargo, al revisar la sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León excluyó totalmente de responsabilidad al más joven, Raúl Calvo, y rebajó la condena a Cuadrado a cuatro años de cárcel y a Rodríguez a tres años al estimar que eran responsables de un delito de abuso sexual y no de agresión.

Lo hizo porque no consideró probada la existencia de intimidación (en ese momento clave para contemplar la agresión sexual) y calificó los hechos de abuso sexual con el atenuante de la cercanía de edad y de madurez de los encausados y la víctima. El debate sobre si se debe aplicar o no este atenuante será clave en el Supremo

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