El Código Penal ya castiga el acoso en las clínicas abortivas. ¿Qué sanciones implica?

Una mujer con un cartel en el que se lee, "No es progreso es asesinato", se concentra frente a la sede del PSOE en la calle Ferraz, a 17 de junio de 2021, en Madrid (España).
Una mujer con un cartel en el que se lee, "No es progreso es asesinato", se concentra frente a la sede del PSOE en la calle Ferraz, a 17 de junio de 2021, en Madrid (España).
Alejandro Martínez Vélez / Europa Press
Una mujer con un cartel en el que se lee, "No es progreso es asesinato", se concentra frente a la sede del PSOE en la calle Ferraz, a 17 de junio de 2021, en Madrid (España).

Ya es definitivo. La ley que penaliza el acoso a las mujeres que acuden a las clínicas abortistas está aprobada. Hostigarlas, a ellas y a los profesionales que trabajan en estos centros, conllevará penas de tres meses a un año de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad, sin necesidad de que la víctima presente una denuncia.

Así lo votó el Pleno del Senado este miércoles, cuando llegó a la Cámara Alta la proposición de ley que modifica el Código Penal para sancionar el acoso ante las puertas de los centros que practican interrupciones voluntarias del embarazo. Se dio luz verde al texto con los únicos votos en contra de PP, Vox y Unión del Pueblo Navarro (UPN), y sin aceptarse ninguna de la docena de enmiendas que PP, PNV, EH Bildu y ERC habían presentado con enfoques muy distintos.

Por tanto, queda definitivamente aprobada la iniciativa impulsada por el PSOE en mayo de 2021 y tras haber superado también la votación en el Congreso de los Diputados con un amplio consenso. La ratificación de la ley fue especialmente celebrada por la portavoz socialista en el Senado, Eva Granados, quien señaló la "vulnerabilidad" y el "desgarro emocional" a la que se enfrentan las mujeres en estas "situaciones de violencia y chantaje emocional". 

Según destacó durante su intervención, el impulso de la norma supone “blindar el ejercicio libre, sin amenazas y sin coacciones de un derecho constitucionalmente reconocido” como es el derecho al aborto. “Con la entrada en vigor de esta norma que hoy discutimos, obstaculizar este derecho será un delito en el código penal, como ocurre ya en otros países de nuestro entorno como Alemania, Austria, Reino Unido y Francia”, añadió Granados.

¿Qué se penaliza?

La norma reforma el Código Penal para introducir un nuevo tipo delictivo que sancione el acoso ante las clínicas que practican abortos. Concretamente, se añade un nuevo Artículo en el que se establece que se castigará a cualquiera que, con el fin de "obstaculizar" el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, "acose" a una mujer mediante "actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad". 

¿Qué pena conlleva?

Los que lleven a cabo esos actos serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año, o bien con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 8 días. 

Además, según la "gravedad" de los hechos, las circunstancias personales del autor y cómo se ha llevado a cabo el acoso, el tribunal podrá imponer la prohibición de acudir a determinados lugares durante un periodo de seis meses a tres años. 

También se perseguirá el acoso a los trabajadores

En un principio, el texto inicial contemplaba sancionar únicamente el acoso a las mujeres que acuden a clínicas abortivas. Pero en la Comisión de Igualdad, PSOE, Unidas Podemos, ERC, PNV y Ciudadanos pactaron incorporar una serie de cambios, uno de los cuales incluía también a los trabajadores de las clínicas. 

Así, la nueva ley penalizará con las mismas penas a quien hostigue también a los trabajadores del ámbito sanitario y demás personal de los centros, "con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo".

Sin necesidad de denuncia

Otra de las modificaciones acordadas por los grupos parlamentarios establece que, para penalizar el acoso ante las clínicas abortivas, no será necesario que la "persona agraviada" -esto es, la mujer o el trabajador hostigado- presente una denuncia. Tampoco tendrá por qué hacerlo su abogado. Se añadió este punto, según justificaron los partidos, para evitar que muchas mujeres no denuncien por preservar su intimidad.

¿Por qué se impulsa?

Según defiende el texto, la norma aspira a proporcionar "seguridad jurídica", tanto a las mujeres que quieren abortar como a los profesionales que trabajan en las clínicas. 

Se justifica la reforma alegando que, según un informe de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la interrupción del embarazo (ACAI), un 89% de las mujeres que acudieron a abortar se habían sentido acosadas, y un 66% amenazadas.

El 'no' de la derecha

La ley recibió numerosas críticas durante las intervenciones de los portavoces de PP y Vox. Ambos habían presentado propuestas de veto a la norma, pero fueron revocadas por el pleno. El 'popular' Fernando de Rosa, acusó al PSOE de hacer una "utilización partidista del Código Penal" con esta reforma. Según afeó, la medida va en contra de derechos fundamentales como el de reunión, asociación o libertad de expresión.

Un enfoque parecido al adoptado por el representante de Vox, Jacobo González-Robatto, quien reiteró que los que se postran ante las clínicas son "rescatadores" que únicamente acuden a "rezar" y  a ofrecer alternativas a las mujeres. "Siempre pensando en el bienestar de la madre y del bebé", subrayó.

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