Los letrados del Congreso confirman el "error" del diputado Casero en la reforma laboral: el resultado es "definitivo"

  • El informe considera que Batet no tenía el deber de convocar la Mesa para permitir al diputado subsanar su equivocación.
  • Los informáticos de la Cámara descartan un error técnico del sistema de votación: "No existió incidencia alguna".
La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, en el pleno de este jueves.
La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, en el pleno de este jueves.
20minutos
La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, en el pleno de este jueves.
Los letrados del Congreso descartan que haya habido un fallo del sistema informático.
EP

No hubo ni error informático ni actuación irregular de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, al impedir que el diputado del PP Alberto Casero rectificara su voto a favor de la convalidación de la reforma laboral la semana pasada. Así lo certificaron este viernes los letrados de la Cámara Baja en un informe al que accedió 20minutos, un texto en el que se deja claro que el voto de Casero fue fruto de un "error material" y que la presidenta Batet no tenía la obligación de convocar la Mesa para permitirle que lo subsanase, por lo que el resultado de la votación es "definitivo".

El informe de los letrados se ha elaborado a resultas del escrito presentado por el PP en protesta por la decisión de la presidenta de no permitir a Casero modificar su voto. Los populares, además, han denunciado en los últimos días que esa equivocación fue fruto de un error informático, un extremo que los letrados también rechazan apoyándose en las pruebas aportadas por los servicios técnicos del Congreso, que descartan que el sistema informático fallase. El informe jurídico no es vinculante, ya que será la Mesa de la Cámara, que se reunirá el próximo martes, la que decidirá sobre la queja del PP. Pero sí supone un importante varapalo para las aspiraciones de los populares.

No hubo fallo técnico del sistema de votación

En el texto, los letrados del Congreso son claros a la hora de señalar que el voto del diputado Casero "fue válidamente emitido y produce plenos efectos". "Tal y como ha quedado acreditado, no se produjo un fallo en el sistema de votación, debiendo imputarse a un error material del diputado que el voto emitido no coincidiera con la voluntad que se quería manifestar", explica el informe jurídico. 

Por su parte, los informáticos de la Cámara Baja detallan que, tras su análisis, no han observado "ningún error informático ni incidencia alguna", y ofrecen pruebas de que, al votar telemáticamente, Casero seleccionó la misma opción (el voto favorable) que, posteriormente, confirmó de forma definitiva sin recurrir a la opción de "cancelar el proceso" de votación "y volver a comenzarlo". Es más: el diputado, una vez confirmó su votación con su error, revisó "hasta cinco veces" las votaciones, explican los servicios técnicos.

No era necesaria la llamada telefónica

El informe de los letrados también descarta el segundo argumento esgrimido por el PP: que Batet debería haber llamado por teléfono a Casero para confirmar el sentido de su voto antes de reanudarse el pleno y no lo hizo. "El procedimiento de votación telemática se desarrolló de conformidad con el régimen jurídico vigente", apunta el documento, que detalla que "desde el inicio de la pandemia" la "comprobación personal" del voto de cada diputado que lo ejerce telemáticamente se hace "mediante la introducción de usuario y contraseña en la en la intranet de la Cámara" y no de manera telefónica, como ocurría anteriormente.

Esta modificación del procedimiento para hacerlo más ágil a causa del gran número de diputados que votan a distancia debido a la Covid se ha adoptado "en todos los casos por unanimidad de la Mesa de la Cámara", en la que están representados PP y Vox, recuerda el informe de los letrados. Y es más: el método de comprobación del voto, tanto el telefónico anterior como el informático actual, no está concebido "como una vía para subsanar eventuales errores, sino como una garantía de la emisión personal del voto por quien es titular del mandato parlamentario, en consonancia con el carácter personal e indelegable del voto", zanja el texto.

Batet no tenía que permitir a Casero votar presencialmente

A los letrados tampoco les parece válido el tercer argumento que ha planteado el PP para exigir que se repita la votación sobre la reforma laboral: que la presidenta Batet faltó a su obligación de reunir a la Mesa del Congreso para que, antes de que se celebrara la votación presencial, analizara la petición de Casero de anular su voto telemático y le permitiera repetirlo de forma presencial. "El voto válidamente emitido, sea presencial o telemáticamente, es irrevocable", recuerda el informe. Y eso implica, señala el texto, que "las votaciones, salvo error técnico" o caso de empate, "no se repiten, siendo numerosos los precedentes que avalan esta afirmación".

Esa irrevocabilidad del voto no se ve afectada por el apartado de la resolución que regula el voto telemático que establece que "el diputado que hubiera emitido su voto mediante el procedimiento telemático no podrá emitir su voto presencial sin autorización expresa de la Mesa de la Cámara que, en el supuesto en que decida autorizar el voto presencial, declarará el voto telemático nulo y no emitido". Haber permitido a Casero corregir su error al votar presencialmente, señalan los letrados, hubiera dado ventaja al parlamentario "frente a los diputados que votan por el procedimiento ordinario" y "frente al resto de votantes telemáticos que no pudieran acudir a votar presencialmente".

El informe de los letrados explica que la posibilidad de que la Mesa permita excepcionalmente votar de forma presencial a un diputado que ya lo ha hecho telemáticamente "no se concibe como una segunda oportunidad para el diputado que vota telemáticamente". Esa opción únicamente es "un mecanismo excepcional previsto para que, si fuese pertinente para mejor garantizar el ejercicio del derecho de voto, la Mesa" tenga herramientas para actuar. Ese supuesto, por ejemplo, se produciría cuando existiera un error del sistema informático real y demostrable que hubiera impedido votar a un parlamentario.

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