El peor dato de IPC en 30 años disparará los precios de alquiler y ahogará a las familias: ¿cuánto me puede subir?

Archivo - Recurso de llaves, firma de hipotecas sobre viviendas.
Llaves.
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Archivo - Recurso de llaves, firma de hipotecas sobre viviendas.

El encarecimiento de la luz y del combustible, entre otras cosas, ha provocado que el Índice de Precios de Consumo (IPC) se haya disparado hasta el 5,4% en octubre. Esta tasa, la más elevada desde septiembre de 1992 según el INE, puede acarrear también importantes incrementos en el precio del alquiler para aquellos inquilinos que deban actualizar su renta en base a este indicador.

Según un estudio realizado por el portal Idealista, que sitúa en 700 euros el precio medio del alquiler en España para un piso de dos habitaciones, esta subida del IPC hasta el 5,4% podría incrementar la renta mensual en unos 38 euros de media, es decir, más de 450 euros al año.

Sin embargo, la situación es muy distinta en las diferentes ciudades españolas, ya que la cuantía de este incremento depende del precio del piso. Por lo tanto, en ciudades como San Sebastián, Barcelona o Madrid, los precios de estos pisos pueden subir, de media, 49, 46 y 43 euros al mes respectivamente. En cambio, en otras como Huesca, Lugo o Cuenca, estos incrementos pueden ser de 19, 18 y 9 euros de media, según el estudio.

¿A quién afectará esta subida?

El artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que regula la actualización anual de la renta, marca que el precio del alquiler sólo puede ser actualizado una vez al año, "en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato". Por lo tanto, este incremento en el precio afectará sólo a quien deba actualizar su renta en estas fechas y tenga que hacerlo acorde al IPC, del que se deberá tener en cuenta el último dato publicado (ahora, el de octubre).

Este artículo de la LAU ha sufrido varias modificaciones en los últimos años, pero cabe remarcar una diferencia: en los contratos firmados a partir del 1 de abril de 2015, esta actualización del precio sólo podrá producirse en caso de que así se haya acordado en el contrato. En los anteriores, en cambio, si no había pacto expreso, el propietario podía actualizar el precio anualmente en base al IPC.

Desde el 1 de abril de 2015, en caso de que en el contrato se especifique que se llevará a cabo una actualización anual del precio, pero no se detalle el método -que puede ser pactado entre las partes, aunque normalmente se tiene en cuenta el IPC-, la revisión se hará en base al último Índice de Garantía de Competitividad publicado. Eso sí, para los contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019, esta actualización tendrá como límite la variación anual del IPC.

El artículo 18 de la LAU también señala que el nuevo precio del alquiler tras aplicar la actualización se podrá exigir al inquilino a partir del mes siguiente a la notificación por escrito del propietario, en la que debe detallar el porcentaje de alteración aplicado, y aclara que "será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente".

El IPC "ahogará aún más a las familias inquilinas"

Enric Aragonès, portavoz del Sindicat de Llogateres (Sindicato de Inquilinos) -la organización que impulsó la ley de regulación del alquiler en Cataluña- señala que, pese a que desde abril de 2015 sólo se puede incrementar el precio anualmente si así se ha acordado en el contrato, "la mayoría" contienen esta cláusula, y muchas veces de manera que "el IPC sólo afecte a la hora de subir la renta, pero no obligue a bajarla cuando el indicador es negativo".

Aragonès remarca que este incremento histórico del IPC "ahogará aún más a las familias inquilinas", ya que, entre otras cosas, viene derivado de una subida en el precio de la luz, que es algo "que ya está afectando a estas familias, que ven como el precio de la vida sube pero sus ingresos no aumentan". 

Esto, señala, "provocará que el porcentaje de personas que viven en situación de sobreesfuerzo, es decir, que deben dedicar más del 40% de sus ingresos a la vivienda, aún aumente más". Y es que, actualmente, el 45% de los inquilinos en España ya están en esta situación.

Según el Ayuntamiento de Barcelona, el precio medio del alquiler en la ciudad es de 903,28 euros, en datos del segundo trimestre de 2021, por lo que, en caso de tener que actualizar ahora la renta, la subida del IPC comportaría pagar casi 50 euros más de alquiler cada mes, lo que, para muchas familias "es la diferencia entre llegar o no a final de mes, y no puede ser que alguien se vea en la situación de tener que irse de su casa por este incremento", lamenta Aragonès.

Ante esta situación, el portavoz del Sindicat de Llogateres recomienda a las familias dirigirse tanto a ellos mismos, en el caso de Cataluña, como a las otras organizaciones del movimiento por la vivienda que hay tanto en la comunidad como en el resto de España, con quienes podrán estudiar su situación "y negociar" con la propiedad, en caso de que fuera necesario.

"No nos olvidemos de una cosa: el precio de la fruta o de otro producto sube porque sube el precio de la gasolina para transportarlo, entre otras cosas, pero los pisos que estamos pagando ya están construidos, así que estamos aplicando un incremento del IPC a un bien que ya existía y que no ha sufrido ningún cambio, lo que no tiene sentido", critica.

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