Absuelto un taxista para el que una clienta pidió 25 años de condena por agresión sexual, robo y lesiones

  • La sentencia del caso explica que el "examen racional" de la declaración de la mujer "no permite otorgarle credibilidad".
  • El taxista negó haber agredido a la mujer, calificó de "totalmente falsa" su versión.
Imagen de un taxi en Bilbao
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AYUNTAMIENTO DE BILBAO
Imagen de un taxi en Bilbao

Un taxista guipuzcoano para el que una clienta solicitó 25 años de cárcel por distintos delitos de índole sexual, robo, injurias y lesiones ha sido absuelto, tras constatar el tribunal la existencia de "significativas fallas" en el testimonio de la mujer, al que no concede "credibilidad".

Según la versión que la clienta ofreció durante el juicio, en el que la Fiscalía no presentó acusación contra el hombre, los hechos se produjeron sobre las 5.00 horas del 7 de diciembre de 2012, cuando ella se montó en estado de ebriedad en el taxi del procesado para regresar a su domicilio.

La supuesta víctima alegó que durante el trayecto el hombre la sometió a distintos tocamientos, tras lo que la habría agarrado del pelo con fuerza con la intención de que le practicara una felación.

Ante su resistencia, el procesado la habría insultado y quitado el móvil, así como 200 euros que llevaba en una cartera y después la abandonó en la carretera.

Por el contrario, el taxista negó en el juicio haber agredido a la mujer, calificó de "totalmente falsa" su versión y mantuvo que, aunque ella estaba ebria, realizó el recorrido con normalidad, si bien cuando llegaron al casco urbano de la localidad de destino no le pagó el servicio, por lo que le advirtió de que llamaría a la Ertzaintza, tras lo que le pidió el móvil a modo de "prenda" con el compromiso de devolvérselo cuando ella le abonara la carrera.

La sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, explica ahora que el "examen racional" de la declaración de la mujer "no permite otorgarle credibilidad", pues incurre en "fallas significativas" que "le privan de la fuerza" de la que "debería contar" para tener "la plena convicción de que los hechos ocurrieron" como ella "relató" y "enervar la presunción de inocencia" del acusado.

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