El Gobierno da luz verde a la ley que castiga con la expulsión las novatadas y boicotear actos en la universidad

El ministro de Universidades, Manuel Castells, en una rueda de prensa.
El ministro de Universidades, Manuel Castells.
M.FERNÁNDEZ. POOL / Europa Press
El ministro de Universidades, Manuel Castells, en una rueda de prensa.

El Consejo de Ministros aprobó este martes el proyecto de Ley de Convivencia Universitaria, un texto que, cuando sea definitivamente aprobado por el Congreso, establecerá dos grandes novedades: un nuevo procedimiento de mediación para la resolución de conflictos y una escala de infracciones y sanciones en las que la realización de las famosas novatadas tendrá la consideración de falta muy grave y conllevará la expulsión temporal de la universidad. La norma considerará asimismo falta grave el boicoteo de actos universitarios, una acción que también podría conllevar la expulsión.

La nueva normativa, diseñada por el Ministerio de Universidades de Manuel Castells, únicamente recibió este martes el visto bueno del Consejo de Ministros para comenzar su tramitación, por lo que no se pondrá en marcha de manera inmediata, sino que ahora afrontará un largo trámite parlamentario. El borrador, que ahora será discutido en el Congreso, busca "actualizar la norma al marco constitucional", en palabras de la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, ya que el texto viene a sustituir al Reglamento de Disciplina Académica de los Centros de Enseñanza Superior y Enseñanza Técnica, vigente desde la dictadura.

Máxima pena para las novatadas

Quizá la parte más llamativa de esta nueva norma sea su nuevo listado de faltas y sanciones y que, entre ellas, se incluya una práctica cada vez más denostada pero aún presente en muchas universidades españolas: las bromas pesadas de carácter denigrante conocidas como novatadas. La nueva normativa considera falta muy grave estos actos "o cualesquiera otras conductas o actuaciones vejatorias, física o psicológicamente, que supongan un grave menoscabo para la dignidad de las personas". Y a los responsables les aplica el castigo más severo contemplado en la ley: la expulsión del centro durante un periodo de entre dos meses y tres años y la "pérdida de derechos de matrícula parcial" durante un curso o, al menos, un semestre.

El acoso, al mismo nivel

Buena prueba de esta mano dura que Universidades quiere aplicar contra las novatadas es que están encuadradas en el mismo nivel de gravedad que otras infracciones serias, como el acoso sexual o, en general, cualquier acoso o "violencia grave" ejercida contra otro miembro de la comunidad universitaria. Se considerará igualmente muy grave la discriminación "por razón de sexo, orientación sexual, identidad de género, origen nacional, pertenencia a grupo étnico, edad, clase social, discapacidad, estado de salud, religión o creencias". Y esta misma categoría de infracción tendrá el plagio "total o parcial" de una obra o cometer "fraude académico" en el trabajo de fin de grado o la tesis doctoral.

El boicot y los escraches en la universidad, falta grave

En el escalón inmediatamente inferior en el régimen de infracciones, el de las faltas graves, se incluye "impedir la celebración de actividades universitarias de docencia, investigación o transferencia del conocimiento". Universidades, no obstante, matiza que cualquier boicot a un acto celebrado en la universidad será considerado falta grave, si bien los casos se tendrán que valorar de manera individual para no vulnerar los derechos a la libertad de cátedra y de expresión, al igual que si se celebran actos para enaltecer el terrorismo, el antisemitismo o el franquismo, por ejemplo.

En cualquier caso, como tendrán consideración de falta grave, el boicot a actos universitarios podrán conllevar la expulsión del infractor de la universidad por un periodo de hasta un mes y la pérdida de derechos de matrícula durante un curso o un semestre. No obstante, la norma plantea otras sanciones aplicables a las infracciones graves que no implican ese castigo, que es el más duro: la falta puede subsanarse a través de medidas sustitutivas consistentes en "la participación o colaboración en actividades formativas, culturales, de salud pública, deportivas, de extensión universitaria y de relaciones institucionales, u otras similares".

Incumplir la normativa anti Covid, falta grave o muy grave

La nueva normativa no incluye menciones expresas a la Covid-19, pero sí que castiga el incumplimiento de "las normas de seguridad y salud establecidas por los centros universitarios". De manera general, esta infracción será considerada una falta grave, castigada con la expulsión de la universidad hasta un mes. Pero, en los casos en los que se entienda que este incumplimiento de las normas sanitarias ponga "en riesgo a la comunidad universitaria", la falta se considerará muy grave y se castigará como tal, con la expulsión por un periodo de entre dos meses y tres años.

El falseamiento de exámenes o trabajos

Además del castigo por plagiar o cometer fraude en el trabajo de fin de grado o la tesis doctoral, dos acciones consideradas faltas muy graves, el proyecto de ley incluye entre las faltas graves -sancionadas con hasta un mes de expulsión- poner en práctica "cualquier comportamiento premeditado tendente a falsear los resultados de un examen o trabajo". Ese "premeditado" es importante, ya que no incluye comportamientos no planificados previamente, como copiar mirando al compañero de al lado. No obstante, eso no significa que esta acción se vaya a permitir: simplemente, quedará al arbitrio del profesor decidir si la castiga con una amonestación verbal, con la expulsión del alumno del examen o con cualquier otra sanción, como hasta ahora.

La mediación, la vía prioritaria

En cualquier caso, todas estas sanciones se aplicarán únicamente cuando se ponga en marcha un procedimiento disciplinario. La nueva ley abre otra vía para zanjar los conflictos: la mediación. Las universidades deberán crear una "comisión de convivencia" en sus centros formada por representantes de los estudiantes, el personal docente y los empleados de administración y servicios, y este órgano será el encargado de aplicar el "mecanismo de mediación" que se diseñe cada universidad, que solo podrá ponerse en marcha si todas las partes están de acuerdo y que buscará alcanzar un acuerdo para solventar el conflicto.

El Ministerio de Universidades detalla, además, que esta vía será la prioritaria. "El régimen disciplinario únicamente entrará en juego cuando las partes rechacen acudir al procedimiento de mediación, cuando la conducta sobre la que verse el expediente sancionador esté expresamente excluida de ese procedimiento (como los casos de acoso y violencia de género, el fraude universitario o la destrucción de patrimonio) o cuando las partes no consigan llegar a un acuerdo", plantea el departamento.

Solo para las universidades públicas

Las universidades privadas estarán obligadas a desarrollar sus propias normas de convivencia en base a los principios contenidos en la ley. No obstante, los procedimientos de mediación, las sanciones o el régimen disciplinario que incluye el texto diseñado por Castells solo serán aplicables a los centros de carácter público, ya que la norma señala que las universidades privadas "gozarán de autonomía para establecer su propio régimen disciplinario".

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