Las dudas sobre las multas por saltarse el confinamiento: ¿Cómo reclamar? ¿Me devolverán el dinero pagado?

Interior contabiliza un millón de multas desde el primer estado de alarma
Interior contabilizó más de un millón de multas desde el primer estado de alarma.
Europa Press
Interior contabiliza un millón de multas desde el primer estado de alarma

La sentencia del Constitucional abrió la vía a que las multas impuestas por saltarse el confinamiento que comenzó el 14 de marzo de 2020 sean anuladas. Resolvemos las dudas más comunes.

¿Qué diferencia hay entre una multa y una propuesta de sanción?

Lo primero que se ha de destacar es que no todas las propuestas de sanción terminan derivando en multas. Así lo expone Alberto Dorrego, presidente de la sección de Derecho Administrativo del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM): "Lo llamamos multa comúnmente, pero no todas lo son ni todas terminan siéndolo. La multa es el fin de la denuncia que interponen los agentes", asegura.

Este matiz es importante a la hora de recurrir. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid anunció que haría decaer las propuestas de sanción que todavía no se hubiesen notificado. "Si no se han notificado, esas propuestas deben archivarse", dice.

La multa me ha llegado, ¿qué tengo que hacer?

Otra de las polémicas que han rodeado las multas ha sido su tardanza en tramitarse: a 5 de mayo se informó de que se habían tramitado el 20%. Es decir, 228.994 de 1.142.127.

Por eso, muchos ciudadanos están recibiendo las denuncias ahora. En ese caso, Dorrego recuerda que para recurrir la sanción administrativamente el plazo es de un mes. Cuando se pone fin a ese camino, se abre la vía judicial, para lo que hay dos meses.

¿Pueden recurrirse todas las multas?

Todas las sanciones pueden recurrirse tras la sentencia del Constitucional. No obstante, según Dorrego, no todos los recursos tienen las mismas probabilidades de tener éxito, además de que las multas que no fueran por saltarse el confinamiento -por ejemplo, las de no llevar mascarilla- son constitucionales. "La sentencia abre la puerta a que decaigan las sanciones que no han sido notificadas o que hayan sido recorridas. Las firmes tienen menos posibilidades de que sean devueltas", argumenta.

Aun así, hay una posibilidad: el recurso de oficio. Según argumenta otro letrado, Jesús Padorno, de Legálitas, esa opción posibilita el recurso aunque la multa sea firme. "Ese artículo establece que se puede recurrir si hay documentación nueva, pero no hay jurisprudencia sobre si una sentencia del Constitucional podría considerarse como tal y, entonces, tener éxito", asegura.

Ya pagué la multa, ¿me devolverán el dinero?

Sí. Dependerá, de nuevo, si se ha recurrido la sanción o no. Es el caso de la multa anulada la semana pasada por un juzgado de Pontevedra, que condenó a la Administración a devolverle 300 euros (por pronto pago) a un hombre sancionado por salir a la calle en pleno confinamiento. "Pagó, pero reclamó, lo que provocó que la sanción no fuera firme y pudiese ser nula", dice Almudena Velázquez, de Reclamador.es.

¿Y las multas del segundo estado de alarma?

El futuro de las sanciones impuestas en el segundo estado de alarma, que se prolongó del 25 de octubre de 2020 al 9 de mayo, aún es una incógnita. Como recuerda Dorrego, si bien el Constitucional declaró inconstitucional la primera alarma, todavía debe pronunciarse sobre la segunda. No obstante, es prudente respecto al veredicto, pues recuerda que las medidas tomadas en el segundo no fueron tan severas.

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