Andalucía solo vacunará en verano a los turistas de otras comunidades o países en estancias superiores a un mes

  • Los andaluces que viajen entre provincias solo deberán solicitar el desplazamiento sanitario.
  • ​Quienes lleguen de fuera, tendrán que aportar además el certificado de su comunidad de la primera dosis.
Playa de la Malagueta, en la capital de la Costa del Sol.
Playa de la Malagueta, en la capital de la Costa del Sol.
EP
Playa de la Malagueta, en la capital de la Costa del Sol.

La Consejería de Salud y Familias de la Junta ha anunciado la elaboración de un protocolo específico para la vacunación de turistas que viajen a la comunidad este verano y que ya ha sido remitido al Ministerio de Sanidad, si bien desde la Junta recomiendan a la población que intente vacunarse en su lugar de residencia, dada la "complejidad de la logística".

Así lo ha explicado este martes el consejero del ramo, Jesús Aguirre, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, donde ha admitido que la Junta "no ha esperado al Consejo Interterritorial de Salud", a quien el Gobierno andaluz "propuso un protocolo específico" para los turistas. "Las cosas de palacio van despacio", ha afirmado Aguirre, quien ha indicado que la Junta "ha dado el visto bueno" a su propia estrategia, y "si luego hay que rectificar porque el Ministerio manda otro, pues se hará, pero nosotros ya tenemos el nuestro". 

La estrategia de vacunación estival de Andalucía será diferente en función de la procedencia de los visitantes. Así, según explica la Consejería, todos los andaluces residentes en la comunidad que viajen a otras provincias de la propia región serán vacunados siempre que tengan concedido el desplazamiento sanitario de forma oficial, y que deberán solicitar de forma telemática o presencial en un centro sanitario público de Andalucía. Asimismo, deberán estar incluidos en los grupos de priorización activos actualmente.

Cumplidos estos requisitos, los turistas andaluces podrán solicitar cita para la primera dosis por los canales oficiales disponibles para todos los residentes de Andalucía, o bien podrán ser contactados por el SAS mediante llamada telefónica o SMS. En caso de que se quiera gestionar la cita para la segunda dosis, deberá gestionarse en el centro de salud asignado.

Visitantes de otras comunidades

En el caso de los turistas de otras comunidades autónomas, solo se podrán vacunar en Andalucía los que se desplacen por un período mínimo de 30 días. Y, al igual que los andaluces, deberán tener concedido el desplazamiento sanitario de forma oficial y pertenecer a alguno de los grupos de priorización activos. Para pedir su cita, deberán hacerlo de forma presencial en el centro de salud asignado.

Cuando se trate de la segunda dosis, deberán aportar también el certificado oficial de la primera dosis de vacunación de su comunidad, con el fin de que se puedan comprobar todos los datos, fundamentalmente el suero administrado en primovacunación, e introducirlos como vacunación externa.

Los mismos criterios se adoptarán para los turistas extranjeros, que no podrán vacunarse en Andalucía si viajan por motivos turísticos o profesionales de corta estancia, salvo para personas con residencia familiar en Andalucía, que trabajan o estudian en el extranjero y que acuden a la comunidad para pasar varias semanas de vacaciones. En este caso, también se debe solicitar el desplazamiento sanitario, y los profesionales del centro de vacunación evaluarán el caso. 

En el supuesto de que haya recibido una dosis de la vacuna en el país de procedencia, se debe completar la vacunación si procede, con la misma vacuna, o en caso de que no esté disponible, con la más adecuada según el protocolo específico diseñado para completar las pautas. Es imprescindible aportar el certificado oficial de la primera dosis de vacunación del país de origen.

La Consejería de Salud informa también de que, de forma general, no se vacunará a personas por el hecho de viajar fuera de Andalucía, ya que los viajes internacionales por ocio y turismo "no constituyen un motivo justificado para priorizar su vacunación frente a la Covid-19".

Sin embargo, podrán ser vacunados los viajeros internacionales que se enmarquen en alguno de los grupos activos de vacunación que se dirijan a un país o región categorizados de riesgo, con una incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días superior a 150 casos durante un tiempo prolongado superior a tres semanas; o viajes cortos y reiterados, por motivos laborales; o causa de fuerza mayor, como puede ser la tramitación de adopciones internacionales o la visita a familiares en sus países de origen por causa justificada (hospitalizaciones, accidentes, decesos, tratamientos quirúrgicos...).

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