Nuevo varapalo judicial para Miguel Bosé. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado un recurso del artista contra una multa de la Agencia Tributaria por deducirse indebidamente gastos personales como gastos de empresa, según informa El País.
Según la misma, el cantante, de plena actualidad por sus mensajes negacionistas sobre la pandemia del coronavirus, las vacunas y el 5G, se dedujo, a través de una de sus empresas, Costaguana, el IVA de gastos personales como la compra de jamones y embutidos, tratamientos de fisioterapia, su entrenador personal, el servicio doméstico o reparaciones en el jardín de su vivienda.
Además, y siempre según la misma información, que hace referencia al criterio del fisco, Bosé utilizó también la factura de los servicios de seguridad de un inmueble en Pozuelo de Alarcón para reducir indebidamente su factura tributaria, así como las cuotas del renting de su coche, un Audi de alta cilindrada, y las reparaciones de un Mercedes y un Toyota.
"En ningún momento pueden considerarse deducibles en el IVA por no estar directamente afectadas a la realización de una actividad empresarial o profesional"
De esta forma, la Agencia Tributaria reclama al cantante 55.350,53 euros más otros 23.536,87 euros de sanción, según la sentencia dictada el pasado 3 de marzo.
Entre sus conclusiones, el fisco señala que "en ningún momento pueden considerarse deducibles en el IVA por no estar directamente afectadas a la realización de una actividad empresarial o profesional", por lo que "es correcta la negativa de la administración a la deducción del IVA".
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