El juez del caso Dina no se plantea llamar a Iglesias como imputado antes del 4M a pesar de que ya no es aforado

El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, interviene en una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, Madrid, (España), a 24 de marzo de 2021.
El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, interviene en una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados.
ALBERTO ORTEGA
El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, interviene en una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, Madrid, (España), a 24 de marzo de 2021.

Una vez que el líder de Podemos, Pablo Iglesias, ha abandonado su escaño en el Congreso de los Diputados, ha dejado atrás su tiempo como vicepresidente segundo del Gobierno y también su aforamiento. Algo que abre la puerta a que el magistrado que instruye el caso 'Dina' pudiera citarle como investigado en esa causa, si bien fuentes jurídicas ya adelantan a Europa Press que este hecho no se producirá antes de las elecciones del 4 de mayo.

En esa pieza separada número 10 de 'Tándem', en la que el Juzgado Central de Instrucción número 6 investiga el robo del teléfono móvil de la exasesora de Iglesias, Dina Bousselham, a finales de 2015 y el posterior uso de los archivos que contenía, el secretario general de Podemos ostenta hasta ahora la condición de perjudicado.

Y esto a pesar de los esfuerzos del magistrado instructor, Manuel García-Castellón, que trató sin éxito que el Tribunal Supremo investigara en octubre de 2020 al líder 'morado' por los delitos de descubrimiento y revelación de secretos con agravante de género, daños informáticos y acusación o denuncia falsa -o simulación del delito-.

La tarjeta inoperativa

García-Castellón envió esa exposición razonada al Supremo indicando que Iglesias recibió en buen estado del periodista Antonio Asensio, el 20 de enero de 2016, la tarjeta de memoria original mini SD procedente del teléfono de Bousselham, en la que comprobó que almacenaba archivos personales y de carácter muy íntimo de aquella.

Destacaba que pese a que Bousselham e Iglesias eran personas cercanas, este se guardó la tarjeta durante un tiempo sin informar a la que fuera su asesora. El juez cree que esta acción puede vincularse al conocimiento que el líder de Podemos tuvo al observar las capturas de pantalla que la asesora guardaba de conversaciones de grupos de mensajería en los que aparecía el aforado.

El magistrado apuntó entonces además para sostener los delitos que le imputaba que Iglesias habría devuelto a su asesora la tarjeta inoperativa, y que trató con su equipo jurídico de simular falsariamente una conexión entre las imágenes publicadas en un medio digital y la desaparición del teléfono el 1 de noviembre de 2015.

Pero el Supremo concluyó que debía devolver a la Audiencia Nacional el asunto a fin de que llevara a cabo varias diligencias ampliatorias, entre ellas la declaración de Dina Bousselham, para que fuera oída acerca de si efectivamente denunciaba los hechos relacionados con el delito de descubrimiento y revelación de secretos, ya que, según recordaba el auto, el Código Penal exige la denuncia de la persona agraviada para proceder por esos delitos.

Tras el revés de la negativa del Supremo, el Juzgado Central de Instrucción número 6 volvió a quedarse con la instrucción y a pesar de que lo que aconsejaba el Supremo era citar a Bousselham, se optó por poner el foco primero en el supuesto delito de daños informáticos y envió de nuevo la tarjeta SD a la policía científica. Ahora, las nuevas diligencias dependen de lo que arroje el informe pericial que elaboren los agentes, y de si realmente se puede tener acceso a los archivos que contiene.

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