Requisitos para solicitar las nuevas ayudas directas a autónomos: cuánto se cobra y cómo pedirlas

Así son las nuevas ayudas para los autónomos: requisitos para solicitarlas
Así son las nuevas ayudas para los autónomos: requisitos para solicitarlas
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Así son las nuevas ayudas para los autónomos: requisitos para solicitarlas

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y las principales asociaciones de autónomos se encuentran inmersos en las negociaciones para alcanzar un acuerdo para prorrogar de nuevo las ayudas extraordinarias para los trabajadores por cuenta propia por el impacto de la pandemia de COVID-19 más allá del 31 de mayo. El objetivo es extender las medidas actuales hasta el 30 de septiembre.

El Consejo de Ministros aprobó el 12 de marzo el Real Decreto-ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, para destinar 7.000 millones de euros en ayudas directas para empresas y autónomos. Un total de 2.000 se dedican específicamente a las comunidades de Canarias y Baleares, mientras que los 5.000 restantes se dividen entre el resto de territorios, en base a criterios como la caída del PIB, la tasa de desempleo y de paro juvenil.

El objetivo de estas ayudas directas, que proceden del fondo de 11.000 millones de euros para pymes y autónomos, es garantizar la solvencia de las empresas perjudicadas por la crisis sanitaria del coronavirus. "Los destinatarios serán las empresas no financieras y autónomos más afectados por la pandemia. Las ayudas tendrán carácter finalista, empleándose para satisfacer deudas y realizar pagos a proveedores, acreedores, así como los costes fijos considerados elegibles", detalla el decreto.

¿Cuáles son las condiciones para otorgar las ayudas?

Uno de los condicionantes para poder acceder a estas ayudas es que deberán ser empresas no financieras o trabajadores autónomos que "tengan su domicilio fiscal en territorio español o cuando se trate de entidades no residentes y no financieras que operen en España".

Así, uno de los principales requisitos es acreditar, a través de las declaraciones trimestrales de IVA, que en 2020 declararon, como mínimo, un 30% menos que en el año previo a la crisis. Además, únicamente podrán optar a estas ayudas las empresas o trabajadores que se dediquen a alguna de los 95 epígrafes publicados en el decreto como establecimientos de hostelería, alojamientos turísticos, comercios, gimnasios o cines, entre otros.

Por otro lado, los trabajadores autónomos que soliciten estas ayudas deberán estar al corriente con las obligaciones fiscales y tributarias. Otras condiciones de elegibilidad de empresas y autónomos recogidas en la normativa son:

  • No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
  • No haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones o ayudas públicas.
  • No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso.
  • No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

¿A cuánto ascienden?

Por un lado, las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla establecerán los criterios para otorgar las ayudas por destinatario, pero no podrán superar los siguientes límites:

  • Hasta 3.000 euros cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF.
  • Para empresas o autónomos con régimen de estimación directa y con un máximo de 10 empleados cuyo volumen de operaciones haya caído más del 30% en 2020, la ayuda máxima que se concederá será del 40% de la pérdida
  • Para empresas o autónomos con más de 10 empleados, las ayudas directas serán del 20% del importe de las pérdidas en el volumen de operaciones en 2020.
  • En estos dos casos, la ayuda no podrá ser inferior a 4.000 ni superior a 200.000 euros.

¿Cómo solicitar estas ayudas?

Por el momento, el Gobierno central destinará estas ayudas a las diferentes comunidades y ciudades autónomas, que serán las encargadas de repartirlas basándose en los criterios y requisitos de elegibilidad. El decreto sí recoge que estas ayudas están sujetas a varias condiciones a largo plazo.

Así, las empresas o autónomos destinatarios deberán mantener la actividad económica correspondiente a la ayuda recibida hasta el 30 de junio de 2022, y no podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022 ni aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años.

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