Coches, viviendas, daños personales... lo que cubre y no cubre el seguro ante temporales de nieve como Filomena

Un vehículo quitanieves en una carretera de la localidad madrileña de Talamanca del Jarama, tras el paso de la borrasca Filomena.
Un vehículo quitanieves en una carretera de la localidad madrileña de Talamanca del Jarama, tras el paso de la borrasca Filomena.
J. J. GUILLÉN / EFE
Un vehículo quitanieves en una carretera de la localidad madrileña de Talamanca del Jarama, tras el paso de la borrasca Filomena.

La llegada de la borrasca Filomena a la península ha provocado numerosos daños e incidencias en las últimas horas debido a la gran cantidad de nieve acumulada. Carreteras cortadas, colisiones, coches en las cunetas, lesiones por caídas o desperfectos en viviendas han sido algunas de las consecuencias del paso del temporal que ha afectado especialmente a las regiones del centro peninsular, como la Comunidad de Madrid

La previsión es que en las zonas más afectadas se recupere la normalidad a finales de esta semana. Será entonces cuando se puedan certificar con mayor precisión los daños ocasionados en vehículos particulares y viviendas.  Para poder reclamar cualquier incidencia es necesario tener contratado un seguro privado y estar al corriente de los pagos, aunque la viabilidad final o no de la reclamación dependerá de la cobertura de la póliza. Es muy importante mirar la modalidad de seguro y las condiciones del contrato antes de iniciar cualquier procedimiento ante la compañía correspondiente.

En el caso de los coches, los daños ocasionados (por ejemplo: posibles colisiones a causa del hielo o nieve) por fenómenos como Filomena estarán cubiertos por el seguro solo si se recoge en el contrato. Normalmente no se consideran los temporales de nieve como una exclusión en las condiciones de contratación y tampoco es necesario que se cumplan unos límites mínimos de cantidad para poder reclamar al seguro, a diferencia de otros fenómenos atmosféricos como el viento o la lluvia. 

Por otra parte, para catástrofes naturales de grandes proporciones y que supone un coste muy elevado en indemnizaciones, existe el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), que desde el 1 de julio de 2016 cubre a todos los coches asegurados por los daños materiales producidos por riesgos extraordinarios. 

El Consorcio no indemnizará, sin embargo, por los daños ocasionados por la nevada, pero sí por los perjuicios que causen las inundaciones posteriores al deshielo o por las rachas de viento superiores a 120 km/h. El CCS es una institución pública adscrita al Ministerio de Economía que se financia a través de una cuota procedente de las pólizas de seguros. 

¿Puedo reclamar por daños en mi vivienda?

El Consorcio también actúa en el caso de los desperfectos en viviendas por grandes catástrofes. La cobertura es idéntica a la de los vehículos: solo habrá indemnizaciones cuando los deterioros en las casas hayan sido provocados por  inundaciones procedentes del deshielo y fuertes vientos.

En cuanto a los daños generados durante la caída de la nieve, desde la aseguradora Mapfre explican que "si el seguro contempla los daños por fenómenos atmosféricos, la vivienda está protegida ante los desperfectos que puedan ocurrir por viento, granizo, lluvia y nieve siempre y cuando se registre la cantidad/velocidad estipulada en la póliza". 

La compañía afirma que "disponer de una protección extra en el seguro de hogar que cubra los daños por nevada es la mejor opción para no tener que preocuparse de reparar los posibles desperfectos" aunque advierte que "esta cobertura no aplica cuando los daños se han producido por un defecto en la construcción o por falta de mantenimiento del inmueble".

"También se excluyen los desperfectos que se originen en los elementos que se encuentren al aire libre, como pueden ser los del jardín, y todos aquellos que deriven de una imprudencia, como el supuesto de que aparezcan humedades como consecuencia de una filtración de la nieve por no haberla retirado a tiempo", añaden desde Mapfre. 

¿Qué pasa si me resbalo y me rompo un brazo?

Por otra parte, si andado por la calle una persona se resbala y se rompe un brazo a causa del hielo acumulado existe la posibilidad de exigir responsabilidades al ayuntamiento correspondiente por el estado de las vías pero es complicado.

En primer lugar porque habría que demostrar que la administración ha actuado con negligencia o que no ha puesto en marcha los planes de emergencia previsto en los protocolos. Y en segundo lugar porque la ley precisa que el ciudadano debe extremar las precauciones en caso de salir a la calle en situaciones climatológicas adversas. 

La OCU aconseja dar parte al seguro y al Consorcio

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha aconsejado este lunes dar parte al seguro y al Consorcio por los daños causados en vehículos y domicilios por Filomena. La OCU ha recordado que, en el caso de riesgos extraordinarios causados por fenómenos de la naturaleza muy destructivos, el Consorcio se hace cargo de las indemnizaciones para los vehículos y viviendas, siempre que estén asegurados, aunque no cubre todos los riesgos, aplica periodos de carencia e indemniza según lo contratado en la póliza privada.

En el caso de no ser considerado riesgo extraordinario, OCU señala que algunos fenómenos de la naturaleza están cubiertos por el seguro y será la compañía la que se hará cargo de los daños sufridos si está contratada la cobertura.

En ambos casos, la organización recomienda recopilar todas las pruebas para poder demostrar el origen y consecuencias del daño, entre los que incluye "informes de agencias u observatorios meteorológicos, recortes de periódicos o informes de emergencias".  

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