Curro Nicolau presenta un dictamen en el Tribunal Supremo contra el estado de alarma firmado por cinco catedráticos

  • Los expertos en Derecho Constitucional defienden la competencia del Alto Tribunal para juzgar su petición de poder ir a su segunda residencia y reunirse con familiares, al contrario que la Fiscalía y la Abogacía del Estado. 
El abogado Curro Nicolau
El abogado Curro Nicolau
Cedida por C. N.
El abogado Curro Nicolau

El abogado valenciano Curro Nicolau presentó un recurso ante la Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) en la que solicitaba poder desplazarse a su segunda residencia en Alp (Girona) así como poder reunirse con sus familiares y amigos. Nicolau alegaba en el recurso que el Gobierno estaba vulnerando sus derechos fundamentales de libertad, circulación o reunión, y solicitaba la suspensión del Real Decreto que establecía el estado de alarma y el confinamiento de la población española frente a la pandemia de coronavirus.

El recurso, como adelantó 20minutos.es, fue admitido a trámite y el Tribunal Supremo dio un plazo de 5 días al Ministerio de Presidencia del Gobierno, que dirige la vicepresidenta Carmen Calvo, para que entregara al Alto Tribunal el expediente administrativo en base al cual el Ejecutivo había decidido ordenar el estado de alarma y el confinamiento. 

El TS también solicitó al demandante, Curro Nicolau, a la Fiscalía y la Abogacía del Estado que se pronunciaran sobre la competencia del Alto Tribunal a la hora de juzgar sobre derechos fundamentales como la libertad, el derecho de circulación o el derecho de reunión.

Tanto el Fiscal como la Abogacía del Estado se han pronunciado en contra de que el Tribunal Supremo siga el órgano competente (apuntan al Tribunal Constitucional), pero Curro Nicolau ha presentado este miércoles día 29 de abril un dictamen firmado por cinco Catedráticos de Derecho Constitucional que subrayan y explican que sí es el Supremo el órgano competente. 

¿Quiénes son los cinco Catedráticos que avalan la postura de Nicolau?

Los Catedráticos de Derecho Constitucional son los siguientes: Francisco Javier Díaz (Universidad de Castilla-La Mancha), Carlos Flores (Universidad de Valencia), Carlos Ruiz (Universidad de Santiago de Compostela), Agustín Ruiz (Universidad de Granada) y José Manuel Vera (Universidad Rey Juan Carlos de Madrid).

No cabe duda de que la jurisdicción contencioso-administrativa es la competente para juzgar el recurso contra el Real Decreto que estableció el estado de alarma y el confinamiento

En el escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso este diario, se asegura que "no cabe duda de que la jurisdicción contencioso-administrativa es la competente" para juzgar el recurso contra el Real Decreto que estableció el estado de alarma y el confinamiento de la población.

Al respecto, el dictamen firmado por los cinco Catedráticos de Derecho Constitucional recalca que "cualquier ciudadanos podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los 'tribunales ordinarios' por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional".

Diferencias con el caso de los controladores aéreos

En el dictamen presentado por el abogado Curro Nicolau, y firmado por los cinco expertos en Derechos Constitucional, se remarca la diferencia entre el anterior estado de alarma ordenado por la huelga de los controladores aéreos ya que, "se interpuso un recurso contencioso-administrativo por la vía ordinaria, no de la protección de los derechos fundamentales". Además, subrayan, "no se suspendió ni restringió la libre circulación de las personas ni el derecho de reunión".

El estado de excepción

En esta ocasión, añaden, "se ha suspendido o anulado prácticamente los derechos de libre circulación y reunión, derechos que solo pueden suspenderse mediante la declaración del estado de excepción (artículo 55 de la Constitución Española), mientras que en el caso de los controladores aéreos no se restringió estos derechos fundamentales.

El Tribunal Constitucional

En el dictamen presentado ante el Tribunal Supremo, el letrado Curro Nicolau y los cinco expertos en Derecho Constitucional sostienen que "la inadmisión del presente recurso, dado que ningún ciudadano puede acudir al Tribunal Constitucional, se traduciría en una vulneración de los derechos fundamentales de los ciudadanos y en la irresponsabilidad del ejecutivo".

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