Multas de entre 100 y 600.000 euros por incumplir el estado de alarma por el coronavirus

  • La resistencia leve a la autoridad puede conllevar una multa mínima de 601 euros; si es grave, podría ser penada hasta con un año de prisión.
  • Poner en grave riesgo la salud pública está castigado con una multa de hasta 60.000 euros, que crece a los 600.000 si el daño se entiende como muy grave.
Un policía, durante el estado de alarma en España.
Un policía, durante el estado de alarma en España.
EFE
Un policía, durante el estado de alarma en España.

El Gobierno ha pasado en unos días de recomendar a los ciudadanos que se queden en casa a obligarles con la declaración del estado de alarma. Y, aunque fuentes gubernamentales insisten en que la medida busca que los ciudadanos asuman su propia responsabilidad, las fuerzas de seguridad podrán sancionar a quien incumpla el confinamiento y las excepciones decretadas por el Ejecutivo.

Son cuatro las leyes que, a priori, se podrían utilizar para sancionar las conductas que incumplan la alarma. La más conocida de ellas es la Ley de Seguridad ciudadana de 2015, que recoge varios supuestos y multas que van entre los 100 y 30.000 euros para incumplimientos de las instrucciones que ha dado el Gobierno.

La retirada de vallas y perímetros policiales: de 100 a 600 euros

La ley de seguridad ciudadana recoge como infracción leve, castigada con multa de entre 100 y 600 euros, "la remoción de vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad, aun con carácter preventivo".

La resistencia leve a la autoridad: de 601 a 30.000 euros

La cuantía de la sanción sube para los casos de resistencia o desobediencia a la autoridad policial -por ejemplo, si ordena a un ciudadano que vuelva a su domicilio- que no se consideren delito. Se multa con entre 601 y 30.000 euros resistirse o desobedecer a los agentes (o, en este caso, al Ejército si se encontrase ejerciendo funciones policiales), "así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación".

La resistencia grave a la autoridad: hasta un año de cárcel

Si la resistencia a las órdenes de las autoridades se entendiera grave, las sanciones administrativas podrían convertirse incluso en un castigo penal. Y el Código Penal establece en su artículo 556 una pena de tres meses a un año de prisión o una multa de seis a 18 meses para quienes "resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".

La falta de colaboración con las autoridades: de 601 a 30.000 euros

El mismo baremo sancionador se podrá utilizar para multar a los ciudadanos que cometan "falta de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la averiguación de delitos o en la prevención de acciones que puedan poner en riesgo la seguridad ciudadana", cuando la policía pida a los ciudadanos "su ayuda y colaboración [...] especialmente en los casos de grave calamidad pública o catástrofe extraordinaria".

Las conductas u omisiones que pongan en riesgo la salud pública: de 3.001 a 600.000 euros

La Ley de Salud Pública también establece sanciones que encajan con posibles incumplimientos del confinamiento y el resto de las medidas adoptadas por el Gobierno. Entre ellas se encuentra "la realización de conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave para la salud de la población, cuando ésta no sea constitutiva de infracción muy grave".

Esa infracción se considera grave, por lo que está sujeta a una multa de entre 3.001 y 60.000 euros. Pero si el daño causado se entendiera como muy grave, la multa podría ascender a entre 60.001 y 600.000 euros.

La falta de colaboración con las autoridades sanitarias o el incumplimiento de las órdenes si causan daños a la salud: de 3.001 a 60.000 euros

También se considera falta grave "la denegación de apoyo, auxilio o colaboración a los agentes de la autoridad sanitaria", así como "el incumplimiento de las instrucciones recibidas de la autoridad competente, si comporta daños para la salud, cuando no sea constitutivo de infracción muy grave". La multa, de entre 3.001 y 60.000 euros.

La desobediencia a las autoridades de Protección Civil: de 1.501 a 600.000 euros

La Ley del Sistema Nacional de Protección Civil también puede utilizarse como instrumento sancionador en este estado de alarma. Y castiga con multa de entre 1.501 y 30.000 euros el incumplimiento, "en las emergencias declaradas, de las órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos efectuados por los titulares de los órganos competentes o los miembros de los servicios de intervención y asistencia, así como de los deberes de colaboración a los servicios de vigilancia y protección de las empresas públicas o privadas".

Esas cantidades se aplicarán cuando la desobediencia "no suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes". En caso contrario, la multa podría subir hasta los 600.000 euros.

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