Cómo solicitar la beca para la guardería del Ayuntamiento de Madrid

Imagen de archivo de una guardería infantil.
Imagen de archivo de una guardería infantil.
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Imagen de archivo de una guardería infantil.

El Ayuntamiento de Madrid ha abierto este martes el plazo para solicitar las becas para el primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años) en guarderías privadas de la ciudad para el curso 2019-2020. 

Esta convocatoria va dirigida a las familias residentes en la ciudad de Madrid que no hayan logrado plaza en centros sostenidos con fondos municipales en el curso 2019-2020 y que, en consecuencia, hayan tenido que recurrir a un centro de titularidad privada autorizado por la administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.

Plazo y forma de solicitud

Pueden solicitar la ayuda la madre, padre, tutor/a o representante legal de la niña o niño en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM. Es decir, hasta el próximo 3 de febrero.

La solicitud se puede presentar de dos formas:

  • Electrónicamente: accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. Con certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Presencialmente: en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Requisitos

Pueden solicitar esta ayuda la madre, padre, tutor/a o representante legal de la niña o niño: 

  • Cumplir todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
  • Familias con niñas o niños de 0 a 3 años.
  • Tener el domicilio familiar en el municipio de Madrid.
  • Estar matriculados en el curso 2019/2020 en centros de titularidad privada ubicados en el municipio de Madrid y autorizados por la administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
  • Haber solicitado y no haber obtenido plaza en la red pública municipal del Ayuntamiento de Madrid o en las plazas en escuelas infantiles privadas sostenidas con fondos municipales para el curso 2019/2020.
  • No haber percibido de otra administración pública para el curso 2019/2020 otra ayuda para la escolarización de la niña o niño para quien se solicita la ayuda objeto de esta convocatoria.
  • No ocupar plazas sostenidas con fondos públicos.
  • No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.

Cuantía de la beca

Resuelta la convocatoria, se realizará un único pago a las familias con el abono de la beca que le corresponda mediante transferencia bancaria, con efectos retroactivos desde septiembre de 2019

Esta ayuda es incompatible con otras ayudas para la escolarización que pudieran conceder otras administraciones públicas para el curso 2019/2020, como por ejemplo la beca de la Comunidad de Madrid para el mismo periodo escolar.

El importe a recibir es 200 euros mensuales (durante un máximo de 11 meses) para las familias con rentas per cápita iguales o inferiores a 9.473,01 euros, o 100 euros mensuales durante un máximo de 11 meses, para el resto de las familias.

Documentación necesaria

Junto a la solicitud de la beca correctamente cumplimentada, es necesario presentar los siguientes documentos:

  • El anexo I (descargable en la web del Ayuntamiento de Madrid) con la firma del otro progenitor. Excepto familias monoparentales o excepciones incluidas en instrucciones de la solicitud.
  • El anexo II con el certificado de matriculación del niño para cuya escolarización se solicita la ayuda.
  • Documentación acreditativa de la fecha de nacimiento y filiación de la niña o del niño (fotocopia del libro de familia, partida de nacimiento o documento similar).

En caso de no autorizar la consulta al Ayuntamiento de Madrid, se deberá presentar también la documentación acreditativa del nivel de renta, el certificado de empadronamiento y el certificado de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.

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