Un guardia civil recibe una multa de 3.000 euros por disparar a las casas de sus vecinos

  • El agente se encontraba de baja y en tratamiento psicológico, tras haber formado parte de una unidad antiterrorista hasta 2004.
Agente de la Guardia Civil de espaldas
Agente de la Guardia Civil de espaldas
EUROPA PRESS - Archivo
Agente de la Guardia Civil de espaldas

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a pagar 3.000 euros a un guardia civil que, en octubre de 2014, disparó indiscriminadamente contra las casas de sus vecinos en el barrio de Tetuán sin lograr herir a nadie.

Hasta cinco disparos impactaron en distintas casas de vecinos de Jon Baptiste M., un guardia civil en situación de baja y, en aquel momento, bajo los efectos del alcohol. El agente utilizó su arma reglamentaria, y se enfrentaba a una pena de cárcel por homicidio imprudente solicitada por la Fiscalía de la que finalmente ha resultado absuelto.

En la sentencia, el tribunal impone una multa de 3.000 euros por un delito continuado de daños con el atenuante de alteración psíquica por su fuerte dependencia al alcohol, que según el tribunal "afectaba de manera grave a su capacidad de conocer y querer".

El reo reconoció esta circunstancia en el juicio y añadió que había tomado una dosis de antidepresivos mayor que la que le correspondía, lo que causó que "se le fuera la cabeza".

Los agentes que le vieron poco después del incidente le describieron como "raro", "confuso", "aturdido" y "fuera de sus cabales", lo que apoya el diagnóstico de un perito judicial que adujo que el agente padece "un trastorno de ideas delirantes".

Jon Baptiste, cuya licencia de armas ha sido retirada durante los próximos ocho años, explicó al tribunal que se encontraba de baja por una lesión en el hombro y que recibía tratamiento psicológico a raíz de haber formado parte de una unidad antiterrorista en Euskadi entre 2001 y 2004. Aseguró no recordar nada de lo ocurrido, cuando comenzó a disparar de manera indiscriminada a través de su ventana.

Aunque nadie resultó herido, las balas impactaron en las ventanas de algunas viviendas y una de ellas llegó a penetrar hasta incrustarse en la puerta del salón de un vecino. Esta circunstancia es la que ha argumentado la Sala para absolverle de la pena por homicidio pedida, al entender que las balas no provocaron daños a ninguna persona ya que "nadie se encontraba en su trayectoria". El reo, en cambio, sí ha sido sentenciado por daños y además de la multa tendrá que indemnizar con un total de 4.122 euros a una vecina y dos compañías de seguros.

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