¿Qué opciones tengo si me cobran las tasas aeroportuarias en un billete ya comprado?

  • Dependiendo de las condiciones de compra, los usuarios deberán pagar o no.
  • Muchos podrán pedir el reembolso del billete. 
  • Si no compensa la cancelación, se pueden pagar las tasas y posteriormente reclamar, según la OCU.
  • Muchas compañías todavía estudian cómo repercutir el incremento de tasas en los billetes adquiridos antes del 1 de julio.
Varias personas, en el aeropuerto de Barajas.
Varias personas, en el aeropuerto de Barajas.
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Varias personas, en el aeropuerto de Barajas.

El aumento de las tasas aeroportuarias españolas, que entró en vigor el pasado 1 de julio con efecto inmediato y retroactivo sobre los billetes de avión adquiridos con anterioridad a esa fecha, ha caldeado los ánimos de los consumidores, ya que algunas compañías aéreas han anunciado que van a repercutir la subida a sus clientes, pero también el ánimo de los operadores turísticos y vacacionales (Ectaa) y de las agencias de viajes de negocios (Gebta), que han advertido de que el aumento de las tasas se ha adaptado con "total desprecio de la legislación europea".

Por si fuera poco, las aerolíneas que operan en España dicen enfrentarse a pérdidas de 100 millones de euros por la aplicación del incremento en los billetes ya emitidos antes al 1 de julio.

Así, algunas de las principales compañías aéreas, como Iberia y Air Europa, estudian qué medidas tomar, mientras la aerolínea del grupo turístico Globalia ya ha advertido de que no será fácil repercutir el incremento a los pasajeros que adquirieron sus billetes antes de la entrada en vigor de la subida.

Fuentes de Air Europa aseguran que localizar a los clientes costará muchos esfuerzos y recursos, y habrá pasajeros que opten por devolver el billete, por lo que en estos momentos se estropean también las perspectivas que tenía la compañía en cuanto a la ocupación de sus vuelos.

Esto en cuanto a las compañías, pero ¿y los usuarios que adquirieron sus billetes antes del 1 de julio? ¿Deberán pagar las tasas? Según explica la OCU, dependerá de cada caso, ya que habrá que revisar las condiciones generales que figuran en el contrato de compra de los billetes. Si se contempla la posibilidad de un recargo de estas características, habrá que pagar (si es que la compañía así lo exige).

Si esta opción no se contemplaba en el contrato, y aún así la compañía área lo exige, podemos optar por la devolución del billete o bien pagar el incremento, si es que el vuelo nos sigue interesando, y posteriormente solicitar el reembolso correspondiente, alegando, por ejemplo, que la anulación del billete conllevaría otros perjuicios mayores, como anulación de reservas hoteleras, por ejemplo.

La OCU recuerda, además, que "cuando el vuelo forme parte de un viaje combinado, la ley permite la revisión de precios siempre que no se aplique en los 20 días anteriores a la fecha de salida del viaje", por lo que las las mayoristas deberán absorber ese coste sin poder repercutirlo al viajero.

El incremento

Los Presupuestos Generales del Estado español para el 2012, aprobados el pasado 29 de junio, incluyen un aumento de las tasas aeroportuarias en torno al 18,9% de media, y del 50% en Madrid-Barajas y Barcelona.

De esta forma, las tasas en los vuelos operados entre Madrid y un destino de la UE pasan de 6,95 euros a 14,44, mientras que en El Prat, de 6,12 a 13,44.

Lo que harán las compañías

Iberia. Todavía no ha tomado una decisión al respecto y a día de hoy no sabe si repercutirá el incremento de las tasas en los billetes adquirido antes del 1 de julio.

Air Europa. Es otra de las compañías que "todavía está estudiando qué hacer", porque, como confirma a 20minutos.es, "hacer pagar al cliente no nos parece lo más coherente y probablemente asumamos parte del coste".

Vueling. La aerolínea ofrece la posibilidad de cancelar la reserva y abonar al viajero el reembolso íntegro del billete. Si el usuario opta por proseguir con el viaje, la compañía aérea cobrará el incremento desde la tarjeta con la que se adquirió el billete. Como compensación, ofrece a los afectados que mantienen su reserva un bono de diez euros aplicable para compras hasta el 31 de diciembre de este año para volar a partir del 26 de septiembre al 15 de marzo de 2013, si bien no están incluidas las vacaciones de Navidad, del 20 de diciembre al 7 de enero. Los pasajeros que hayan realizado su reserva entre el 26 de junio y el 1 de julio quedan libres de pagar este recargo.

Easyjet. Ha anunciado que no aplicará la subida de las tasas aeroportuarias a los billetes ya comprados antres de la entrada en vigor de la medida.

Air Berlin. Repercutirá en los billetes aéreos el incremento de las tasas aeroportuarias. Air Berlin aún no ha tomado ninguna decisión sobre la manera en la que se incrementarán los billetes, aunque ha dejado claro que sí que se aumentará el precio de los mismos.

Ryanair. Ha anunciado que podría cobrar a sus pasajeros el sobrecoste. La compañía notificará por correo electrónico los cargos adicionales aplicables a las reservas realizadas con anterioridad al 2 de julio, para viajar desde el 1 de julio en adelante. Las nuevas reservas de vuelos con origen en los aeropuertos españoles realizadas el 2 de julio o después de esa fecha no estarán afectadas por esta cláusula retrospectiva, ya que el aumento del impuesto ya ha sido incluido en el precio del vuelo.

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