Una clínica de reproducción asistida señala que en España la fecundación 'post mortem' solo puede solicitarla la pareja

El matinal ha contactado con la directora de una clínica de reproducción asistida.
El matinal ha contactado con la directora de una clínica de reproducción asistida.
MEDIASET
El matinal ha contactado con la directora de una clínica de reproducción asistida.

El nacimiento de la nieta de Ana Obregón, que ha recurrido a la gestación subrogada para cumplir la última voluntad de su hijo, Aless Lequio, fallecido en 2020 a causa de un sarcoma de Erwing sigue generando una gran polémica en nuestro país.

Este lunes, El programa de Ana Rosa ha contactado en directo con Miren Mandiola, directora de un laboratorio de reproducción asistida que ha destacado que fecundar con el material genético de un fallecido es "poco frecuente en España" y que, además, solo se hace en "casos excepcionalísimos".

"Nosotros, en 30 años de trayectoria profesional, solo hemos tenido cuatro o cinco casos", ha recalcado la experta. De la misma manera, el matinal de Telecinco ha contactado con Ana Miramontes, abogada y asesora de Son nuestros hijos, quien ha explicado: "El esperma congelado solo puede ser útil si hay constancia por escrito del fallecido. No tiene que ser un documento, puede ser cualquier tipo de acta en el que se manifieste su voluntad".

Respecto a este consentimiento del fallecido, Raquel Mendoza, embrióloga de la clínica MARGen ha agregado: "En el mismo consentimiento en el que se va a proceder a la congelación del esperma es cuando se firma, por si fallezco, que quiero que mi mujer utilice este esperma".

Además, Mandiola ha destacado que este apartado es clave para la fecundación post mortem, pues no todos los familiares tienen acceso al esperma del fallecido. Así, la experta ha señalado que solo la pareja o la esposa podría acceder al material genético y ni siquiera los padres podrían hacerlo: "Puede reclamar los mismos derechos que un matrimonio y, en este caso, probablemente tengan libertad para utilizarlo". Finalmente, Mandiola ha apuntado que la pareja solo puede solicitar el esperma de la pareja "hasta un año después del fallecimiento del donante": "En España, no podría realizarse al revés porque si la fallecida fuese una mujer, haría falta un vientre".

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