El 'juego' de los recursos ante el TC

  • El PP ha anunciado que recurrirá ante el Constitucional la ley del Parlament de Catalunya que prohíbe las corridas de toros.
  • Es el último de una larga serie de leyes, decretos, reformas y otros textos que se han sometido a revisión por el Alto Tribunal.
Imagen de la fachada del Tribunal Constitucional.
Imagen de la fachada del Tribunal Constitucional.
EP
Imagen de la fachada del Tribunal Constitucional.

El PP ha anunciado este miércoles que presentará ante el Tribunal Constitucional un recurso contra la ley de Parlament de Catalunya que prohíbe las corridas de toros, al considerar que "infringe varios artículos de la Constitución". Así lo ha adelantado el portavoz del PP en el Senado, Pío García Escudero, tras reunirse con un grupo de toreros para analizar el presente y futuro de las corridas de toros.

Las eternas rencillas entre partidos y las diferencias ideológicas sirven de excusa en numerosas ocasiones para el uso y abuso de ciertos procedimientos jurídicos -totalmente legítimos, por otra parte- como el recurso de inconstitucionalidad.

Sin "miedo" a la Constitución

Al Alto Tribunal se le acumula el trabajo. Y para muestra, un botón: según datos del propio TC, en 2008 se presentaron un total de 24 recursos de inconstitucionalidad -5 promovidos por diputados o senadores; 13 por comunidades autónomas; 2 por el Defensor del Pueblo; y 4 por el Ejecutivo-. Por contra, hubo 19 sentencias y se resolvieron 118 asuntos acumulados.

A 31 de diciembre de dicho año, el pleno tenía 194 procesos pendientes de sentencia y 201 asuntos admitidos; todos -y sólo- por recursos de inconstitucionalidad. "No hay que tener miedo a la Constitución", aseguraba el líder del PP, Mariano Rajoy, tras una reunión con el president Montilla. Desde que Zapatero llegara a La Moncloa, los populares han llevado ante el TC, entre otros, los siguientes textos:

- PGE de 2005, 2009 y 2010.

- la Ley bodas homosexuales (2005).

- el Real Decreto-ley de modificación de funciones de la CNE (2006).

- la Ley del Parlamento catalán de Comunicación Audiovisual (2006).

- la tramitación y la reforma del Estatut (2005/06), que tuvo otros 6 recursos.

- la Ley de Suelo (2007).

- la Ley de Igualdad (2007).

- la reforma de la ley orgánica del propio TC.

- la Ley del Aborto.

- y otros tantos.

Al margen quedan los temas autonómicos como el del cupo vasco, recurrido por el gobierno de La Rioja; la Ley de Educación catalana o la reforma de la Ley Electoral de Castilla-La Mancha. Y también los procedimientos iniciados por el propio Gobierno central, que recientemente ha planteado recursos, por ejemplo, contra:

- la consulta de Ibarretxe.

- el plan de El Cabanyal.

- la Ley de Caza.

- las leyes de cajas madrileña y gallega.

El quién y el porqué de los recursos

Los recursos de inconstitucionalidad los puede presentar el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, cincuenta diputados o cincuenta senadores; pero también órganos colegiados ejecutivos y asambleas de las CC AA. Deben formalizarse dentro de un plazo de tres meses desde que se publica el texto a recurrir y tienen qué precisar qué punto concreto de la Carta Magna se infringe.

Se pueden presentar este tipo de recursos contra Leyes Orgánicas, incluidos Estatutos de Autonomía; el resto de leyes, disposiciones normativas y actos del Estado con fuerza de Ley, incluidos los decretos legislativos; Tratados Internacionales; reglamentos de Cámaras y Cortes Generales; leyes, actos y disposiciones normativas con fuerza de Ley de las CC AA; y Reglamentos de Asambleas Legislativas de las CC AA.

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