Este es el ingreso que los propietarios de casas con hipotecas previas a 2019 pueden reclamar según la OCU

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Carlos Gámez
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Antes de 2019, al firmar un préstamo hipotecario para comprar una vivienda, es posible que el banco te obligase a pagar los gastos asociados a la firma de la hipoteca: de tasación, gestoría, registro o notariales... unos gastos que, en 2015, el Tribunal Supremo resolvió como abusivos. Años más tarde, en 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó que los bancos debían devolver a todos aquellos consumidores que lo solicitasen, de una media de 1.000 euros en cada caso.

Sin embargo, este derecho está sujeto a unos plazos: de hecho, quienes suscribieron una hipoteca en 2019 aún están a tiempo de reclamar la devolución de sus gastos hipotecarios, aunque no por mucho tiempo. La oportunidad para reclamar los gastos de formalización de préstamos hipotecarios se ha extendido hasta el 14 de abril de 2024, ofreciendo un periodo adicional para quienes fueron afectados por esta práctica bancaria.

¿A quiénes aplica esta oportunidad?

Esta oportunidad, que estará disponible hasta mediados de abril de 2024, solo aplica a aquellos afectados con hipotecas contratadas antes del 16 de junio de 2019, fecha de entrada en vigor de la nueva ley de crédito inmobiliario.

Los conceptos de los gastos hipotecarios que se pueden reclamar incluyen la totalidad de los pagos por registro de la propiedad, gestoría y tasación, además de la mitad de los gastos notariales, según la información proporcionada por la OCU.

Cómo puedo reclamar al banco mis gastos hipotecarios

Para reclamar estas cantidades lo más adecuado es hacerlo primero a través de la entidad bancaria con la que hayas suscrito el préstamo hipotecario. En caso de que no haya una respuesta satisfactoria, hay otras instancias donde puede reclamarse este derecho: el servicio de reclamaciones del Banco de España o la vía judicial.

Para ello será necesario aportar, además del DNI, la escritura de la hipoteca, la factura del notario o la escritura del registro de la propiedad, así como de la gestoría o tasación y el importe del registro: comprobantes de esos cobros injustificados. En caso de que no los tengas, puedes tratar de pedírselo a la gestoría con la que realizaste los trámites, ya que guardan los registros de estas operaciones.

En cualquier caso, lo más recomendable es anticiparse lo máximo a la fecha límite y dejar constancia de la reclamación antes de que se cumpla el plazo, por lo que lo recomendable es una reclamación por la vía extrajudicial en primera instancia.

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