Dos años de prisión para dos acusados de instar a decapitar a blasfemos contra Mahoma

Vista de la fachada de la Audiencia Nacional.
Vista de la fachada de la Audiencia Nacional.
EFE
Vista de la fachada de la Audiencia Nacional.

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha confirmado la condena a dos años de cárcel por enaltecimiento del terrorismo yihadista a dos ciudadanos paquistaníes que difundieron vídeos en redes sociales con llamamientos a decapitar a quienes blasfemaran contra Mahoma y glorificando la comisión de atentados. Así lo ha acordado en una sentencia en la que rechaza los recursos presentados por T.H. y R.A.W. contra la condena que les impuso en enero la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia.

Esta Sala consideró que los mensajes difundidos por los acusados en redes como TikTok, Facebook e Instagram entrañan un riesgo porque pueden alcanzar a personas que comparten su pensamiento radical o que están en proceso de radicalización y suponen "un estímulo para llevar a cabo otras acciones, esto es, asesinatos o atentados contra toda persona o institución que ellos consideren culpables de blasfemia".

Ahora la Sala de Apelación desestima los argumentos planteados por la defensa para pedir su absolución, entre ellos que desconocían la ilicitud de los mensajes y que sus proclamas públicas no glorifican a una organización terrorista sino que lo que hacen es debatir sobre el dilema de la imposición de la pena de muerte a quien blasfeme contra el profeta de una determina creencia religiosa. 

Frente a ello los magistrados han advertido de que "con la tipificación del terrorismo individual y del terrorismo sin siglas, tras la reforma del Código Penal de 2015, nada más lejos de la realidad". La sentencia ha recalcado que "no se enjuiciaron ideas o creencias por muy retrógradas que puedan presentarse sino conductas violentas enaltecedoras e incitadoras de un muy determinado y concreto discurso del odio".

La Sala de Apelación también ha rechazado la tesis de la defensa del supuesto aislamiento social, la ausencia de interacción y mínima formación de ambos acusados y que ello pudiera haber servido para justificar el desconocimiento de la gravedad y peligrosidad de proclamas realizadas para asesinar a los blasfemos a través de redes sociales. Para el tribunal el material difundido por los acusados a través de redes con implantación en todo el mundo "tiene una clara intención de incitar a creyentes a tomarse la violencia por su mano".

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