Confirman la pena de cinco años de prisión por una agresión sexual a una mujer en unas fiestas de Guipúzcoa

Imagen del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)
Fachada del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)
EUROPA PRESS - Archivo
Imagen del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena de cinco años de cárcel que la Audiencia de Guipúzcoa impuso a un hombre por agredir sexualmente a una mujer durante las fiestas patronales de Elgoibar, en agosto de 2018. El TSJPV ha desestimado el recurso interpuesto por el procesado y ha ratificado la resolución de la Audiencia provincial guipuzcoana, que también le condenó a seis años de libertad vigilada tras la pena de cárcel y le prohibió comunicarse y aproximarse a la víctima a menos de 500 de metros durante seis años.

El recurrente alegó ante el TSJPV que la Audiencia de Gipuzkoa realizó un "acto de fe" respecto a la declaración de la denunciante, ya que su testimonio no podía constituir prueba de cargo contra él. Según ha alegado, el testimonio de la víctima carecía de "credibilidad" y de "lógica", era "contradictorio y faltaban corroboraciones periféricas". 

Sin embargo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJPV ha concluido, tal y como hizo el tribunal de instancia, que el testimonio de la víctima es "verosímil y congruente", se ha mantenido "incólume" desde el momento que interpuso la denuncia hasta la vista oral y además ha contado con "sólidos elementos" de corroboración periférica.

Según los hechos declarados probados por la Audiencia de Gipuzkoa, que ahora confirma el TSJPV, ella se negó a mantener a relaciones sexuales con el acusado, este lo ignoró y la agredió sexualmente empleando "violencia para vencer su voluntad".

"Los hechos probados describen todos los elementos objetivos y subjetivos del delito de violación por el que ha sido condenado el recurrente", ha finalizado el órgano en una sentencia, fechada del 6 de marzo, que no es firme y contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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