La causa del 11M se agota el lunes: no podrán investigarse posibles nuevas pruebas porque el terrorismo en 2004 era "prescriptible"

Aniversario del 11M.
Uno de los trenes que quedaron destrozados por las bombas.
SERGIO BARRENECHEA
Aniversario del 11M.

Hace 20 años estallaron en cuatro trenes de Madrid diez bombas que mataron a 192 personas e hirieron a cerca de 2.000. Fue el mayor atentado terrorista de la historia de España y la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo se encargaron de juzgarlo. A día de hoy, más de la mitad de los condenados han cumplido condena y han sido expulsados de España, pero tres de ellos permanecen presos. 

Sin embargo, la sentencia nunca determinó quiénes eran los autores intelectuales o autores mediatos del atentado del 11 de marzo de 2004. Los jueces no especificaron quién había dado la orden, aunque sí señalaron que el atentado obedecía a la estrategia de la Yihad internacional para derrocar a los regímenes democráticos y extender el estado islámico. 

La incógnita ha hecho mella durante estas dos últimas décadas en muchas víctimas de aquel suceso y en sus familiares, que a medida que se acercaba esta fecha, el 11 de marzo de 2024, han alertado de una circunstancia que parece ya irremediable: la prescripción de los crímenes que se cometieron hace 20 años. Evitar que esto ocurra ha sido una reivindicación desde hace años, no solo por parte de las asociaciones, también del Partido Popular y de otras formaciones como Ciudadanos y Vox. 

La Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11M, que ha anunciado su próxima disolución, lo exponía así en marzo de 2021: "Se desconoce quiénes fueron los autores intelectuales del atentado yihadista que acabó con la vida de 193 personas y produjo alrededor de 2.000 víctimas, así como muchos otros detalles de aquel crimen. Si nada cambia, dentro de tres años, el 11 de marzo de 2024, los crímenes cometidos quedarán prescritos y, sus responsables, libres de cualquier tipo de pena". 

¿Cuáles son los motivos por los que la ley contempla que estos crímenes prescriban el lunes? La respuesta está en el Código Penal, concretamente en su redacción previa a la ley orgánica 5/2010. Tras aquella reforma legal acordada seis años después de los atentados, la ley prevé como imprescriptibles algunos delitos de terrorismo que antes no lo eran. Actualmente, el Código Penal lo contempla de esta forma: "Los delitos de lesa humanidad y de genocidio y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados en el artículo 614, no prescribirán en ningún caso. Tampoco prescribirán los delitos de terrorismo, si hubieren causado la muerte de una persona".

Sin embargo, al ser una norma posterior, la doctrina coincide mayormente en que no afectaría a los delitos del 11M, que por tanto prescriben a los 20 años, el mayor plazo que contempla la ley. Por otro lado, los atentados podrían haber quedado blindados de la prescripción si en el juicio se les hubiera calificado como un crimen de lesa humanidad, tal y como han demanda do las víctimas a lo largo de los años.

¿Qué implica la prescripción?¿A qué se debe?

Lo primero que hay que tener en cuenta, explica el catedrático de Derecho Penal Borja Mapelli, es que "hay que distinguir entre la prescripción de los delitos y la de las penas", pues en el segundo caso hay sentencia firme y en el primero "media la presunción de inocencia". La prescripción de la responsabilidad penal, indica Mapelli a este periódico, se contempla en la ley porque "desde un punto de vista preventivo, la responsabilidad envejece y se agota". 

"Las exigencias preventivas de la sociedad se reducen con el transcurso del tiempo hasta que no tiene sentido ninguno castigar", subraya el catedrático, y apunta: "La justicia penal debe regirse por criterios de utilidad. Si no es útil, es cruel".

Finalmente, explica, la prescriptibilidad se debe también a que con el paso del tiempo "las pruebas se diluyen", en particular las pruebas testificales. En el caso del 11M, apunta Antonio García, abogado de la Asociación 11M Afectados del Terrorismo, los delitos "prescriben a los 20 años porque sería aplicable el Código Penal de 1995, que establecía en el artículo 131 la prescripción de 20 años para los delitos con pena superior a los 15 años". 

"La pena tiene una necesidad social que pasado un plazo se entiende que desaparece", explica el abogado. Y sin embargo hay atentados que causaron menos víctimas que el 11M pero, al haber tenido lugar tras la reforma del Código Penal, no prescribirán jamás. Existe un debate jurídico en torno a la posibilidad de que la ley orgánica 5/2010 pueda afectar a atentados cometidos con anterioridad, según se aborde el asunto desde la perspectiva penalista o procesal. 

Por un lado, la corriente mayoritaria entre los penalistas es que se debe aplicar el principio de irretroactividad de las normas desfavorables al reo. Es decir, que una ley que perjudica a un condenado no puede aplicarse a su caso si no estaba vigente en el momento en que se cometió el delito. "No puede reactivarse el procedimiento porque haya cambiado la regla", explica en este sentido el catedrático Manuel Cancio en referencia a los atentados del 11 de marzo de 2004. 

Sin embargo, desde el derecho procesal hay quien sostiene que debería primar el principio del tempus regit actum. Si se considera que la imprescriptibilidad es una norma procesal, se debería aplicar en cada momento del proceso judicial la ley vigente. En este sentido, el abogado Antonio García destaca un auto de la sección cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional sobre el caso de Miguel Ángel Blanco. 

El auto partía de un informe policial en el que se estableció quienes eran los dirigentes de ETA, a los que se podía investigar como autores mediatos. Y en ese punto la Audiencia Nacional señaló que el asesinato de Miguel Ángel Blanco, cometido en 1997, no había prescrito porque en 2010 no lo había hecho todavía, de forma que pasaba a ser imprescriptible. 

En el caso de los juristas consultados por este diario, todos consideran que el 11M queda prescrito este lunes y que la reforma posterior del Código Penal no le afecta.

¿Un crimen de lesa humanidad?

Pese a las reivindicaciones de algunas asociaciones de víctimas, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo rechazaron calificar el 11M como un crimen de lesa humanidad, y los juristas consultados también descartan que lo fuera. De haberse tipificado como tal, el 11M hubiera sido imprescriptible. 

Los crímenes de lesa humanidad vienen regulados en el artículo 607 bis del Código Penal, que los define como un "ataque generalizado o sistemático contra la población civil o contra una parte de ella". Para que una acción encaje en este tipo penal, debe realizarse "por razón de pertenencia de la víctima a un grupo o colectivo perseguido por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, discapacidad u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional". 

Además, el delito debe tener lugar "en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen". 

Por tanto, tal y como destaca el abogado Antonio García, el 11M "no reúne estas características y quedaría descartado". Los delitos de lesa humanidad, dice el penalista Manuel Cancio, "son comportamientos que nos afectan como especie", mientras que el terrorismo, que también se dirigen contra un grupo humano, "lo hacen de una manera instrumental". "Ambos delitos son gravísimos, pero existe una diferencia clara", defiende el catedrático. 

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