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Por qué la justicia europea considera que España "abusa" de los contratos temporales

Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) (Foto de ARCHIVO) 8/5/2020
Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala).
Europa Press
Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) (Foto de ARCHIVO) 8/5/2020

España (casi) siempre ha tenido un problema muy complejo en su mercado laboral: el exceso de temporalidad. La Comisión Europea lleva años dejando avisos al Gobierno para que lo resuelva, últimamente vinculando este paso con la recepción de fondos de recuperación pospandemia. Ahora ha sido el TJUE el que ha dejado esto por escrito en una sentencia. El mercado laboral español tiene varios debe desde la crisis del 2008, este es uno... Y parece endémico. ¿Qué dice la justicia europea sobre este asunto?

¿Qué dice la sentencia?

El Tribunal de Justicia de la UE sentenció este jueves que España estaría incumpliendo el Acuerdo Marco europeo sobre el trabajo de duración determinada, por lo que miles de trabajadores interinos tendrán que convertirse en fijos. La justicia europea entiende además que en la legislación española no se han tomado medidas suficientes para reducir la temporalidad, incluso pese a los avances a la hora de indemnizar a los trabajadores que están acogidos a ese tipo de contratos con una duración finita.

"El abono de una indemnización por extinción de contrato no permite alcanzar el objetivo perseguido por el Acuerdo Marco de prevenir los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada, ya que ese abono parece ser independiente de cualquier consideración relativa al carácter legítimo o abusivo de la utilización de dichos contratos", expone el documento facilitado por el tribunal.

En España hay 607.470 funcionarios interinos, lo que representa el 22,4% de los 22,4 millones de funcionarios, según los últimos datos (2022) publicados por el Ministerio de Política Territorial.

¿A qué casos se refiere?

Tiene relación con tres litigios de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y a la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid.

¿De qué avisa el TJUE a España?

Fundamentalmente alerta de que el paso lógico no es la indemnización, por tanto, sino la conversión de los contratos temporales en fijos. Es decir, el encadenamiento de contratos temporales va en contra de lo que pide ahora el mercado laboral. E insiste en la idea de que en España se hace "un empleo abusivo" de la temporalidad. Las personas implicadas en este caso, recuerda la justicia europea, Esas personas trabajaron "durante muchos años", desde 1994 en los dos primeros casos y desde 1998 en el tercero, con contratos temporales sucesivos porque no se convocaron las plazas para cubrir esos puestos de manera permanente. El tribunal, en este sentido, recuerda que fue la Administración la que no convocó las plazas en plazo y forma.

¿Qué tendría que hacer el país?

Para que pueda considerarse conforme con el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada una normativa nacional, como la normativa española controvertida en los litigios principales, interpretada por el Tribunal Supremo, que, en el sector público, "prohíbe convertir en contrato de trabajo por tiempo indefinido una sucesión de contratos de duración determinada, como los contratos indefinidos no fijos de que se trata en los litigios principales", el ordenamiento jurídico interno del Estado miembro de que se trate debe contener, en dicho sector, "otra medida efectiva para evitar y, en su caso, sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada", concluye el TJUE.

¿Es un problema para España?

Es un varapalo para España, sí. ¿Por qué? Porque uno de los reclamos principales de Bruselas, sobre todo en lo relativo a la última reforma laboral, consistía -y consiste- en que el Gobierno (y los Ejecutivos autonómicos) reduzca la temporalidad, no solo en el empleo público sino también a nivel de la empresa privada. Vista esa sentencia, son deberes que todavía quedan por hacer.

¿Qué dice el Gobierno?

Fuentes de la Secretaría de Estado de Función Pública indican que "es pronto para hablar" de cómo se va a aplicar la sentencia porque esta "se está estudiando". El modelo que se ha definido desde el Ministerio para la modernización y transformación de la Administración, dicen, "persigue reducir las tasas de temporalidad y precariedad que existen". Para ello se ha tomado la decisión, como indicó el ministro durante su comparecencia de Líneas Generales en el Congreso, "de eliminar la tasa de reposición y su sustitución por la gestión provisional de efectivos". Respecto al compromiso adquirido en el PRTR de reducir 300.000 plazas temporales antes de finales de 2024, indican que "ya se ha cumplido el 75%" de esa promesa.

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