Las multas de la Seguridad Social a los pensionistas que no informen de estos cambios

Imagen de archivo de una oficina de la Seguridad Social.
Imagen de archivo de una oficina de la Seguridad Social.
EUROPA PRESS
Imagen de archivo de una oficina de la Seguridad Social.

Las personas beneficiarias de una pensión de la Seguridad Social están obligadas a comunicar a la entidad gestora, normalmente el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), aquellos cambios que pudieran afectar a la situación personal del pensionista. De lo contrario, estas personas podrían enfrentarse a sanciones económicas.

Tal y como indica este organismo en su página web, se trata de variaciones que atienden a circunstancias personales y laborales del pensionista: cambios de domicilio —bien de su residencia habitual o fiscal—, inicio de actividades laborales, cambios en la situación económica —reconocimiento y/o cobro de otras prestaciones o pensiones nacionales o extranjeras u otro tipo de rentas—, y cambios en la situación familiar —estado civil, nacimientos o defunciones—.

Asimismo, los pensionistas que residan en el extranjero deberán presentar cada año, dentro del primer trimestre natural, un justificante original de vivencia para mantener su prestación en España.

Otro aspecto muy importante a comunicar a la Seguridad Social atañe al fallecimiento del pensionista, que también debe ser notificada a la mayor brevedad posible, en un plazo de 30 días hábiles tras su muerte.

En este caso, la Seguridad Social detalla que son los familiares del pensionista quienes deben comunicar al INSS su defunción de manera obligatoria, ya que "la omisión de la obligación puede ser motivo de infracción", advierten.

Para ello, se debe informar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, adjuntando el certificado de defunción del pensionista, o bien en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social de la red nacional mediante cita previa.

Si el pensionista residía en el extranjero, la notificación del fallecimiento debe realizarse a la Dirección Provincial del INSS que gestiona su pensión o a la Consejería Laboral de la Embajada de España en su lugar de residencia, agregan desde la Seguridad Social.

Sanciones

En el caso de que alguno de estos cambios mencionados anteriormente no hubieran sido comunicados debidamente a la Seguridad Social, el pensionista podría ser sancionado económicamente.

La cuantía de las multas viene recogida en la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, publicada en el BOE. Dependiendo del tipo de infracción y de su grado, el importe a pagar será mayor.

Tal y como se detalla en su artículo 47, las sanciones a los beneficiarios de pensiones se sancionan de la siguiente manera:

  • Sanciones leves: pérdida de la pensión o prestación durante un mes.
  • Sanciones graves: pérdida de la prestación o pensión durante un período de tres meses.
  • Sanciones muy graves: pérdida de la pensión o prestaciones durante un período de seis meses.
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