Absuelto un hombre condenado por abusar de una mujer con discapacidad en Málaga

Archivo - Real Chancillería de Granada, sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)
La sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
EUROPA PRESS/ARCHIVO
Archivo - Real Chancillería de Granada, sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un hombre que fue condenado a once años de prisión por la Audiencia de Málaga por un presunto abuso sexual a una mujer con discapacidad psíquica. Los jueces han estimado el recurso de la defensa y comparte que la mujer tiene suficiente "capacidad de autodeterminación en el ámbito sexual".

La Sala de Málaga ha declarado probado que el acusado y la mujer se conocieron con anterioridad a los hechos en la Unidad de Agudos del Hospital Civil de Málaga. El primero se encontraba ingresado por crisis depresivas y la segunda por su afección mental, que le produce una disminución psíquica del 65%.

Los dos entablaron una amistad que les llevó a quedar en noviembre de 2020, teniendo él 44 años y ella 20, e ir a la vivienda del hombre donde mantuvieron relaciones sexuales completas. El tribunal ha apuntado que "no ha resultado acreditado que el acusado ejerciera ningún tipo de violencia física o psíquica, ni que le administrara ningún tipo de sustancia a la mujer".

El TSJA señala que la sentencia no hace referencia a la posible incapacidad de la mujer para determinar sus acciones y añade que, a criterio de la sala, "no afloran dudas sobre la capacidad de autodeterminación de la mujer en su faceta sexual y que resultan avaladas y reforzadas por la completa y exhaustiva exploración psicopatológica".

"Constatándose una discapacidad intelectual de grado ligero, y una personalidad de tipo impulsivo que repercutían sobre su funcionamiento global; apreciándose una importante inmadurez social, lo que la hace especialmente influenciable y sugestionable sin que se detectase nada que pueda afectar a su capacidad para decidir, participar en actos de contenido sexual y elegir con quien", justifica la sentencia.

Además, el tribunal andaluz ha detectado "un relato incoherente en determinados aspectos" en la mujer, considerando que la declaración "sufre de una corroboración mínimamente sólida, lógica y consistente"; además de "significativas modificaciones" en las siguientes declaraciones prestadas por esta. Por lo que, finalmente, el acusado ha quedado absuelto. 

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