Así afecta a los propietarios con inmuebles alquilados a morosos la nueva Ley de la Vivienda

La Ciudad Condal es la segunda más cara para vivir en un estudio y la primera en tener los precios más altos de alquiler mensual de habitaciones
Fachada de Barcelona en una foto de archivo.
EP
La Ciudad Condal es la segunda más cara para vivir en un estudio y la primera en tener los precios más altos de alquiler mensual de habitaciones

Uno de los principales objetivos de la nueva Ley de la Vivienda es la problemática de los morosos que dejan de pagar el alquiler, además de ralentizar el proceso de desahucio. ¿Cómo afecta esta legislación a un propietario que tiene a un inquilino moroso?

Los principales retos a los que se enfrenta un propietario con un inquilino que no cumple los pagos, según recoge Idealista, son: dejar de recibir las transferencias del alquiler, sufrir desperfectos o destrozos en el inmueble, la desactualización de la renta por encima del 2%, la obligatoriedad de prórrogar el contrato y las dificultades para desahuciar al inquilino.

Dejar de recibir los pagos del alquiler, es el perjuicio principal de tener arrendado a un moroso. Hasta que se consiga desahuciar al inquilino, no se recibirán ingresos, por lo que perderás dinero, pero tendrás que seguir pagando los impuestos de la propiedad como la basuras y la comunidad.  Por ello, los expertos recomiendan contratar un seguro de impago y realizar una investigación exhaustiva de los precedentes de morosidad del arrendatario. 

Protección del inquilino "vulnerable"

Por otro lado, esta medida impide buscar nuevos inquilinos y poder actualizar el precio del alquiler. Además, un comportamiento muy normal entre los morosos es causar desperfectos en cuanto dejan de ingresar los pagos en la vivienda, daños a los que tendrás que hacer frente cuando la vivienda vuelva a estar en tu poder.

Tal y como dicta esta ley, los inquilinos "podrán solicitar una prórroga extraordinaria de su contrato por un periodo máximo de tres años que se concederá automáticamente salvo que el propietario acredite que necesita la vivienda para uso propio o que las partes hayan acordado un nuevo contrato con las limitaciones en la renta que procedan". Por lo que el inquilino moroso podría pasar hasta tres años en el piso mientras el propietario activa los mecanismos de desahucio. 

Pero el desahucio se ve dificultado porque esta ley protege al inquilino moroso si este prueba encontrarse en una "situación de vulnerabilidad económica". En esta situación, un juzgado puede fijar una pausa de dos meses para personas físicas y de cuatro meses para personas jurídicas.

Con la nueva ley, un ingreso mensual ausente se considera "incumplimiento de contrato" y se podrá iniciar el proceso de desahucio. Que, aunque tarde más tiempo en realizarse, se realizará, pero se necesitará acreditar que el piso es la residencia principal del inquilino, que el demandante es un “gran tenedor”. Cuando el demandante sea un "gran tenedor", se iniciará un proceso de mediación.

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