Condenada a seis meses de prisión por entrar sin permiso en casa de la pareja de su ex para recoger a sus hijos

  • La magistrada ha optado por la pena mínima al entender que los hechos se enmarcan en "una crisis de pareja". 
  • La madre acudió a la vivienda porque quería llevarse a sus hijos a Canadá. 
Sede de la Audiencia Provincial de Cantabria.
Sede de la Audiencia Provincial de Cantabria.
EP
Sede de la Audiencia Provincial de Cantabria.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a seis meses de prisión por un delito de allanamiento de morada a una mujer que entró en la vivienda de la pareja su ex, sin el consentimiento de su propietaria, para recoger a sus hijos.

La sentencia recoge así el veredicto del jurado que, por mayoría de siete a dos votos, ha considerado culpable a la acusada de entrar en la vivienda, aunque a la hora de fijar la pena, que el Código Penal establece en una horquilla de seis meses a dos años de prisión, la magistrada ha optado por la mínima. 

Lo ha hecho así atendiendo a que el hecho se enmarca "en una crisis de pareja y el conflicto por la guarda de los niños, y teniendo muy especialmente en cuenta las razones que la guiaban y la entendible tensión vivencial que estaba experimentando".

Según los hechos probados que se reflejan en la resolución, la mujer tiene tres hijos con un hombre del que se estaba divorciando en el momento de los hechos, y los dos más pequeños estaban pasando unos días con él.

Al pensar la madre que podían estar en casa de la pareja de su exmarido, acudió a la vivienda para llevárselos a Canadá, lugar de residencia de la acusada. Tras llamar a la puerta, la hija de la propietaria abrió y, al darse cuenta de que se encontraba frente a ella la madre de los menores, "trató de cerrar la puerta para impedir que entrara".

Pero la acusada empujó la puerta y entró en el interior de la vivienda, donde estuvo llamando y buscando a sus dos hijos. Pese a que la joven que le abrió "le pedía que se fuera de la casa, no lo hizo hasta que, por teléfono, la propietaria de la vivienda le requirió para que se marchara". El jurado ha entendido probado así que "indudablemente", entró a la casa, "permaneciendo en su interior en contra de la voluntad de su moradora".

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