Los funcionarios ya pueden ser evaluados: podrán mejorar su sueldo, pero también perder su puesto

Un funcionario en su puesto de trabajo.
Un funcionario en su puesto de trabajo.
Europa Press
Un funcionario en su puesto de trabajo.

Las medidas de refuerzo de la evaluación del desempeño de todos los empleados públicos entraron el pasado jueves en vigor tras publicarse el miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la norma que las regula.

Estas medidas forman parte de un Real Decreto-Ley de medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, aprobado el martes por el Consejo de Ministros, en cuyo Libro II se recogen cambios estructurales en el modelo de la Función Pública, con avances en la planificación estratégica de los recursos humanos y la incorporación de la evaluación del desempeño o nuevos sistemas de acceso.

En concreto, el texto regula la evaluación del desempeño obligatoria, el procedimiento por el que se valora la conducta profesional y se mide el rendimiento del personal, todo ello con el objetivo de mejorar la productividad para, a su vez, mejorar la prestación del servicio público.

Dichas evaluaciones, consensuadas con las organizaciones sindicales tras el proceso de información pública del anteproyecto de ley de Función Pública que decayó por la convocatoria de elecciones, "se plantean en positivo", según el Gobierno, por lo que "en ningún caso implicarán la pérdida de la condición de funcionario para quienes no las superen".

En el caso de que un empleado público no tengan resultados satisfactorios en las mismas, "se fomentarán medidas de formación para dotarles de herramientas que les permitan un mejor desempeño".

"El fomento de la participación y las ofertas constantes de mejora de condiciones se convertirán además en incentivos para que puedan dar la vuelta a esa situación", subraya el Ejecutivo.

Para quienes superen estas evaluaciones, habrá beneficios directos en distintas variables, como la remuneración del complemento de desempeño, que sustituye al complemento de productividad. Además, se fomentará su progresión en la carrera profesional al ser clave en los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo y para el acceso a las formaciones que plantee.

Dentro de este ámbito, el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, destacó esta semana en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la introducción de la carrera horizontal, sistema por el que se pueden mejorar las condiciones sin cambiar de puesto de trabajo.

Para ello, se utilizará un sistema de tramos donde se valorará la trayectoria, la evaluación del desempeño, la formación o la participación en actividades de docencia o investigación. Todo lo anterior podrá traducirse en una retribución adicional con el nuevo complemento de carrera.

Asimismo, para fomentar la integración de las personas con discapacidad, la norma contempla la creación de unidades de inclusión de personas con discapacidad.

Otra de las medidas incluidas es la constitución del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) como agencia de empleo público, con el objetivo de consolidar su papel en las políticas de selección y de formación de los empleados públicos.

El proceso de oposición no podrá durar más de un año

La norma da cumplimiento al hito 148 del Plan de Recuperación al incluir una renovación de la planificación, organización y gestión de los recursos humanos, el refuerzo a la transparencia y la agilidad de los procesos selectivos.

A esto hay que sumar cambios en el acceso a puestos de alto funcionario "para que prevalezcan los criterios de mérito y competencia", según el Gobierno.

Además, se incluyen dos órdenes ministeriales referidas a dos cuestiones que formaban parte de los compromisos del Gobierno y la Secretaría de Estado de Función Pública.

Por un lado, se impulsa la planificación estratégica de los recursos humanos, con planes de ámbito general de cuatro años de duración, otros específicos, junto a otros de reestructuración de sectores concretos. Por otro, se regula la figura del directivo público profesional en la Administración del Estado.

Dichas reformas ya formaban parte del anteproyecto de Ley de Función Pública de la Administración del Estado, que decayó como consecuencia de la convocatoria de elecciones.

La regulación de la planificación estratégica de los recursos humanos buscará que sea el principio de organización clave, a través de unas directrices diseñadas por la Secretaría de Estado de Función Pública. Los diferentes planes que se planteen serán los que determinen la actividad y las incorporaciones al sector público.

La oferta de empleo público será la que reciba el mayor refuerzo dentro de este campo, al imponerse plazos irrenunciables para ejecutarlas a través de las convocatorias correspondientes, explica Presidencia.

Entre las novedades están la posibilidad de que las plazas no cubiertas tras una convocatoria de oposiciones puedan volver a ofrecerse si no han pasado más de tres años desde la publicación de la oferta.

También se establece la posibilidad de que el departamento competente convoque a través de la Secretaría de Estado de Función Pública concursos unitarios abiertos y permanentes para incluir puestos de trabajo vacantes en los distintos ministerios.

En lo referido a los procesos de acceso y selección de empleados públicos, el Gobierno impulsa "un modelo más ágil y eficiente" con la duración máxima de los procesos selectivos y la territorialización de las pruebas.

Para ello, se establecerá obligatoriamente la publicación de convocatorias en el mismo año de la aprobación de la Oferta de Empleo Público, que deberán ejecutarse en un máximo de dos años. El proceso de oposición, además, no podrá durar más de un año.

El Gobierno habilitará al Ministerio de Hacienda y Función Pública para elaborar un modelo de bases comunes en los procesos selectivos.

Las pruebas para seleccionar a los nuevos integrantes de la Función Pública también serán reformadas, con el objetivo de que el modelo de selección responda a las funciones a desempeñar en los puertos ofertados.

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