¿Cuánto se cobra con una baja laboral por enfermedad común?

Mujer con fiebre
Mujer con fiebre
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Mujer con fiebre

Lo que normalmente conocemos como 'baja' es la prestación de incapacidad temporal, que es lo que cobramos cuando estamos enfermos o sufrimos una dolencia y no podemos ir a trabajar.

Tal y como recoge el portal Noticias Trabajo, su objetivo es cubrir la pérdida de ingresos del empleado durante el tiempo que dure la enfermedad.

Esta prestación se puede cobrar por enfermedad común, profesional, o por accidente de trabajo o no laboral, y dependiendo de cada tipo de origen de la baja, cobraremos un porcentaje u otro.

Las más habituales son las bajas por enfermedad común, es decir, gripes, resfriados, etcétera. Para cobrarla hay que tener cotizados al menos 180 días en los cinco años anteriores.

Tal y como recoge la Seguridad Social, se cobra el 60% de la base reguladora desde el cuarto hasta el vigésimo día (inclusive), pasando a cobrar el 75% desde el día 21 en adelante.

La base reguladora es el resultado de dividir la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la fecha de la baja entre el número de días en que se articula el salario. Después, solo habría que aplicar sobre el importe resultante el 60% o el 75%.

Hay que tener en cuenta que se sigue cotizando mientras se está de baja y respecto al pago, entre el cuarto y décimo quinto día de la baja corre a cargo de la empresa o empleador (aunque como pago delegado de la Seguridad Social). A partir del día 16, la responsabilidad de pago es del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o de la mutua.

En cuanto al tiempo máximo que se puede estar de baja es de 365 días, es decir, un año, aunque el INSS puede aprobar una prórroga de 180 días en caso de que prever la curación de la lesión o enfermedad durante este nuevo periodo.

Superado este periodo, el INSS podría iniciar un expediente de incapacidad permanente, donde ya entraría un tribunal médico.

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