Condenado a seis años de cárcel por violar a una mujer con quien convivía en una chabola

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Wikipedia
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena de seis años de prisión a un hombre por violar a una mujer con la que convivía de manera ocasional en una chabola ubicada cerca de las estaciones de tren y de autobuses de la ciudad de Castellón.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón declaró probado tras el juicio que el acusado agredió sexualmente a la víctima el 19 de marzo de 2022, cuando ella pretendía coger sus cosas y marcharse de la chabola en la que ambos vivían de forma ocasional.

La golpeó y le tiró del pelo hasta que consiguió tumbarla a la fuerza boca abajo en una cama, donde la agredió sexualmente y le causó lesiones, según recoge la sentencia hecha pública este lunes por el TSJCV.

Aunque la mujer intentó escapar tras la violación, el agresor logró darle alcance e introducirla de nuevo en la vivienda, donde la agarró del cabello y la lanzó contra una mesa que tenía un saliente contra el que se golpeó.

La víctima logró finalmente huir de la chabola y pedir ayuda al personal de seguridad de la estación, quienes la auxiliaron hasta la llegada de agentes de la Policía Nacional.

El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia dictó el pasado 7 de julio una sentencia por la que condenaba al procesado como autor de un delito de agresión sexual a seis años de prisión, ocho años de prohibición de aproximación y comunicación respecto a la víctima y seis años de libertad vigilada.

Igualmente, se le impuso el pago de una multa de 540 euros por un delito leve de lesiones y la obligación de indemnizar a la perjudicada con 4.000 euros por los daños morales.

La Sala de lo Civil y lo Penal del TSJCV ha desestimado ahora el recurso de apelación del penado contra la sentencia de la Audiencia, al entender que ésta detalla "una pluralidad de elementos probatorios de cargo de diversa índole y significación" y no incurre en modo alguno en "arbitrariedad, manifiesta irrazonabilidad o en error patente de hecho".

La sentencia de apelación emitida ahora por el TSJCV puede ser recurrida a su vez en casación ante el Tribunal Supremo.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento