Ala Octa, el colirio que ha causado ceguera irreversible en centenares de pacientes: "Nunca veré el rostro de mis nietos"

Cirugía láser, hospital, hospitales
Una operación de cirugía ocular con láser.
EUROPA PRESS
Cirugía láser, hospital, hospitales

Pedro Cañete Marín entró en quirófano en 2015 para someterse a una doble cirugía rutinaria de retina en el Hospital Reina Sofía de Córdoba. Su hijo, Miguel, cuenta a 20minutos que "ningún miembro de la familia se podía imaginar que por la utilización del producto defectuoso durante la intervención su padre iba a perder totalmente la vista". "Nunca verá la cara de sus nietos ni volverá a conducir o a pescar", relata. El causante de esta tragedia fue el colirio Ala Octa.

La familia Cañete denunció al servicio sanitario andaluz, pero al considerarse que no tenía responsabilidad sobre la intoxicación, perdieron el juicio. Poco después, Alamedics, la fabricante alemana del producto, se declaró en quiebra cuando empezaron a trascender casos de más perjudicados. 

En 2022, los jueces condenaron a la aseguradora, la siguiente en la jerarquía de responsabilidad, a indemnizar a Pedro con unos 640.000 euros por negligencia y por el daño causado, tanto físico como psicológico. Un año después, y ocho desde de la operación, la familia Cañete asegura que la compañía "se niega a pagar" y su desesperación "solo hace que crecer". 

Pedro Cañete, pocos días antes de la operación donde se empleó el producto Ala Octa.
Pedro Cañete, pocos días antes de la operación donde se empleó el producto Ala Octa.
CEDIDA

En 2015, como respuesta a más casos como el de Pedro, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) realizó una investigación sobre el producto en cuestión y publicó una nota informativa al respecto. 

En el estudio instaba al cese de su utilización y comercialización y a la retirada del mercado, informaban sobre los incidentes adversos notificados y adelantaba las líneas en las que se estaba efectuando la investigación. Aunque se desconoce el total de perjudicados actuales, los casos notificados en 2015 ascendían a 116 en 28 centros sanitarios españoles de 13 comunidades autónomas. 

La Aemps ya afirmó en este informe un porcentaje de probabilidad de muerte del nervio óptico irreversible de más de un 50% en cinco lotes y de un 99% en dos lotes del producto. La empresa Alamedics retiró todos los lotes de Ala Octa del mercado español y, posteriormente, a raíz de la polémica, cesó la fabricación y distribución, procedió a la retirada de todos los lotes disponibles en el mercado a nivel europeo y mundial y se declaró en quiebra. 

El informe, sin embargo, quedó en papel mojado para los damnificados y como el número no ha parado de crecer, en octubre de 2023 la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha abierto una investigación sobre los casos de pérdida de visión por el uso de Ala Octa. El Ministerio Público va a tramitar diligencias sobre responsabilidad sanitaria en defensa de los pacientes a los que "con motivo de una cirugía de retina les fue suministrado el colirio, causándoles efectos adversos de pérdida de visión". 

Los abogados bilbaínos del despacho Gómez-Menchaca fueron los primeros en España en prestar defensa a perjudicados y extender la voz de alarma sobre los efectos que este producto estaba produciendo. El especialista en negligencias médicas del bufete, Carlos Gómez-Menchaca, explica a 20minutos que en estos años han llevado los casos de más de 100 damnificados, algunos ya indemnizados, otros con sentencias firmes y otros con pronósticos de resoluciones favorables. Uno de esos casos es el de Pedro Cañete. 

Ala Octa, el colirio que ha causado ceguera irreversible en centenares de pacientes

"En cuanto comenzaron a surgir casos de ceguera pleiteamos contra la Aemps para que realizase un estudio sobre la toxicidad del colirio. Los jueces han dictado la primera sentencia española que constataba que no se siguieron los procesos de seguridad necesarios y esta resolución judicial crea un precedente para los casos que presentados de forma individual. El sellador de retinas, al no ser considerado realmente un medicamento, no siguió los controles de defectuosidad que debería. Ahora la Fiscalía pretende confirmarlo con sus investigaciones para poder tomar otro tipo de medidas", explica el abogado. 

A raíz de esta resolución, la Justicia en este caso ha absuelto a la aseguradora por "falta de responsabilidad" y es la Aemps la que debe indemnizar con 25.000 euros a esta víctima, que perdió la visión del ojo izquierdo. Los magistrados aseguran que, si se hubiesen dado las inspecciones "de buena práctica, farmacovigilancia, laboratorios y distribución" se hubiera rechazado el producto sanitario. 

La Fiscalía ha pedido a la Agencia del Medicamento que remita un informe sobre si el producto contaba con marchamo CE, marca que señalaría su defectuosidad, en la fecha en la que se tuvo conocimiento de los efectos adversos y de la alerta sanitaria. También se pide que informe de las deficiencias detectadas en la fabricación y control, identificación de los efectos adversos, número total de pacientes afectados y centros sanitarios con distribución por comunidades autónomas, así como datos identificativos de las empresas fabricantes y comercializadoras en España.

Cañete, cuya resolución fue de las primeras y su indemnización de las más altas se asoció a la ONCE para intentar rehacer su vida, pero desde la operación, ni su estado físico ni el psicológico han vuelto a ser los mismos. Su hijo, asegura que todo el dinero que se han gastado en el proceso judicial se perderá si la aseguradora no les indemniza. La mayoría de intervenidos de retina son personas con edad avanzada y Miguel confiesa que la mayoría de familiares como él tienen miedo de que "acaben falleciendo antes de conseguir una solución" y todo el esfuerzo "no sirva para nada".

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