Estos son todos los requisitos para transformar un local en una vivienda

Obras en un inmueble
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Obras en un inmueble

El mercado inmobiliario no deja de hincharse: suben los precios, sube la demanda y, a menudo, sube también la frustración por la dificultad de acceder a un alquiler. En este contexto, muchos propietarios de locales se plantean convertirlos en vivienda. Pero ¿qué dice la ley al respecto?

Esta práctica podría aliviar el problema habitacional en territorios especialmente tensionados como Madrid, Barcelona o Baleares, por ello, el Govern balear ha aprobado leyes con medidas urgentes que permiten, con carácter temporal, el cambio de uso de locales, tanto de plantas bajas como de piso, para su reconversión en viviendas de precio limitado (HLP).

¿Se puede convertir un local en vivienda?

La respuesta rápida es que sí, se puede convertir un local en vivienda, sin embargo, es necesario analizar cada caso particularmente. Estos son los pasos a seguir por los propietarios que pretendan realizar este trámite, según el portal Reformadisimo.es:

  1. El primer paso es consultar el Plan Urbanístico del municipio en el que está inscrito el local y comprobar es si el inmueble está construido sobre suelo urbano.
  2. El segundo paso a dar es la comprobación de la limitación de viviendas por hectárea -en el caso de que esta ya haya sido sobrepasada, no se podrá convertir un local en vivienda. 
  3. El tercero es comprobar las normas de hábitat, que es la normativa que recoge las condiciones que ha de tener una vivienda para ser habitable -cuestiones como las dimensiones mínimas y las proporciones-, que son distintas en cada Comuniad Autónoma.
  4. El último paso son las limitaciones comunitarias, para las que habría que revisar el estatuto de la comunidad de propietarios en donde se ubica nuestro local comercial. De igual modo, es necesario solicitar la conformidad de la comunidad de vecinos.

Requisitos para convertirlo a vivienda

Antes de nada, es importante diferenciar entre los locales comerciales instalados en pisos y los que están a pie de calle -estos últimos requieren más trabajo e inversión-. No obstante, para ambos casos será necesario presentar un proyecto elaborado por un arquitecto, en el que se cumplan estos requisitos:

  • Conseguir la aprobación del proyecto técnico por parte de tu Ayuntamiento.
  • Pagar las tasas e impuestos municipales que suponen la solicitud de una licencia de obras.
  • Realizar la declaración de alteración catastral, a fin de constatar el cambio de local a vivienda.
  • Solicitar la cédula de habitabilidad y el certificado de eficiencia energética.
  • Una vez terminada la obra necesitarás obtener la licencia de primera ocupación, presentando en el Ayuntamiento el certificado de final de obra, así como la declaración de alteración catastral.

Asimismo, en reformadisimo.es recogen algunos requisitos comunes en todo el territorio nacional:

  • Una superficie útil mínima de 40 m² que cumpla con la normativa de habitabilidad.
  • La altura desde el suelo hasta el techo debe ser de al menos 2,5 metros.
  • Es imprescindible que la cocina y los baños tengan instalación para la salida de humos.
  • El local debe estar a nivel del suelo y no en un sótano.
  • Por último, la fachada exterior debe tener una anchura mínima para poder instalar ventanas.
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