La mayoría progresista del Constitucional se impone y avala la ley que prohíbe al CGPJ nombrar jueces mientras está en funciones

El Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo.
El Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo.
El Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo.

El Tribunal Constitucional ha rechazado este lunes el recurso de Vox contra la ley que impulsó el Gobierno en 2021 para impedir que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) realice nombramientos discrecionales mientras está en funciones -como es el caso desde 2018-. La mayoría progresista se ha impuesto y ha apoyado en bloque la ponencia de la magistrada María Luisa Balaguer, que proponía descartar el recurso de Vox y defender que la ley es constitucional en tanto que el artículo 122 de la Constitución da margen para que el legislador regule el Consejo a través de la ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ). 

Por otro lado, el Pleno ha decidido rechazar la ponencia del togado conservador César Tolosa, que estaba llamado a estudiar un recurso del Partido Popular contra la misma norma. El ponente apostaba por avalar el recurso y declarar, por tanto, la inconstitucionalidad de la ley. Tras el rechazo a la ponencia de Tolosa, el presidente del tribunal de garantías, Cándido Conde-Pumpido, ha asignado a Balaguer la nueva ponencia sobre el recurso del PP para que refleje el sentir mayoritario del Pleno. 

Tanto César Tolosa como sus tres compañeros de sensibilidad más conservadora -Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel- han anunciado que presentarán un voto particular conjunto contra la sentencia del Constitucional. La ponencia de Tolosa, según ha informado Europa Press, asumía la libertad que la Carta Magna da al legislador y señalaba, sin embargo, que no cabía la posibilidad de despojar al Consejo de una de las funciones que le encomienda la Constitución. 

Por otro lado, el ponente cuestionaba la oportunidad política de la reforma, que se llevó a cabo como un medio de presión al PP para forzarlo a pactar una renovación del órgano de gobierno de los jueces. Señalaba, además, que dicha reforma se tenía que haber aprobado, en todo caso, en diciembre de 2018, cuando el mandato del CGPJ expiró. 

Fue precisamente en aquel momento cuando comenzó todo el conflicto, razón por la que permanecen en el órgano los mismos jueces y juristas que nombró el Parlamento en 2013, cuando Mariano Rajoy ostentaba la mayoría absoluta. A excepción de los que han abandonado el cargo por jubilación o como denuncia de la "insostenible" situación del Consejo, como es el caso del expresidente Carlos Lesmes. 

Desde 2018, el PP y el PSOE se han acercado y alejado de la posibilidad de un acuerdo que siempre ha acabado tirándose por la borda en momentos de gran tensión política. Uno de ellos ocurrió en marzo de 2021, cuando se llevó a cabo le reforma avalada hoy por el Tribunal Constitucional. 

La modificación de la ley orgánica cumplió tan solo con uno de los objetivos por los que se ideó. Por un lado, la norma tenía la pretensión de presionar al PP para iniciar una negociación y renovar el órgano. Aquello nunca ocurrió y el CGPJ sigue bloqueado casi cinco años después del fin de su mandato. Por otro lado, la norma buscaba cerrar el grifo a los nombramientos de un Consejo que no representa la mayoría parlamentaria

Los efectos han sido sin duda devastadores para el Poder Judicial, en concreto para el Tribunal Supremo. Así lo denunció este septiembre durante el acto de apertura del año judicial el presidente del alto tribunal, Francisco Marín Castán, que habló del "desolador" estado del Supremo, que tiene más del 30% de sus efectivos "mermados". 

Cuatro votos discrepantes

Según ha comunicado el Tribunal Constitucional, todos los conservadores del Pleno presentarán conjuntamente un voto particular en el que expresarán su discrepancia con la fundamentación de María Luisa Balaguer. Todos ellos defienden que se debería haber estimado la tacha de inconstitucionalidad contra la ley porque, a su juicio, esta vulnera el artículo 122.2 de la Constitución española al privar al Consejo en funciones de potestades "esenciales para el cumplimiento de su cometido constitucional". 

Los discrepantes reprochan que se despoje al Consejo de sus funciones, lo cual a su parecer conlleva "una flagrante desnaturalización" del mismo y altera la función que le atribuye la Constitución. 

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