¿Puede entrar el casero en la casa que tiene alquilada? Esto dice la ley

El arrendador no tiene derecho a entrar en la casa de alquiler sin permiso del arrendatario y cuando a él le plazca.
El arrendador no tiene derecho a entrar en la casa de alquiler sin permiso del arrendatario y cuando a él le plazca.
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El arrendador no tiene derecho a entrar en la casa de alquiler sin permiso del arrendatario y cuando a él le plazca.

Una de las principales dudas que asaltan a los inquilinos de una casa de alquiler versa sobre si el casero tiene derecho a entrar en ella cuando a este le apetezca y sin pedir permiso. 

La respuesta a esta incertidumbre viene despejada en la Constitución Española, en particular en el artículo 18, donde se recoge que "el domicilio es inviolable" y "ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito", por tanto, el casero no tiene derecho a entrar en la casa sin avisar ni pedir permiso. 

Este concepto viene confirmado en el artículo dos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU): "se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario".

La explicación se reduce a que en el momento de firmar el contrato de alquiler, el arrendatario se convierte en el titular de la propiedad durante el período estipulado ya que su domicilio, es decir, residencia habitual, pasa a ser la vivienda alquilada. Asimismo, los inquilinos pueden negociar la duración del mismo. 

Además, la mencionada ley LAU, recoge que las clausulas y condiciones del contrato deberán ser pactadas por ambas partes.

En el caso de que el arrendador se presente sin previo aviso y sin consentimiento, los actuales inquilinos podrían presentar una denuncia por allanamiento de morada y el arrendador se podría enfrentar a una "pena de prisión de seis meses a dos años", según el artículo 202 del Código Penal, o de uno a cuatro años de cárcel y una multa de seis a 12 meses si recurre a la violencia. 

Excepciones: obras y venta de vivienda

Los arrendatarios están en su pleno derecho para no dejar entrar en la casa alquilada al propietario de la vivienda según la ley, pero también existen un par de excepciones

Es el caso de las obras, donde el arrendador "deberá notificar por escrito al arrendatario, al menos con tres meses de antelación, su naturaleza, comienzo, duración y coste previsible", según figura en la Ley de Arrendamientos Urbanos, pudiendo el inquilino "desistir del contrato" en el plazo de un mes una vez recibida la notificación. 

Otra de las excepciones surge en el caso de que el casero quiera vender la vivienda e inicie los trámites. En este caso, siempre que esté escrito por contrato, el propietario podrá entrar en la vivienda para enseñársela a los futuros compradores.

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