Todas las claves del permiso de ocho semanas para padres con hijos menores de ocho años

Muchas empresas están denegando el permiso, según la asociación 'Yo No Renuncio'.
Muchas empresas están denegando el permiso, según la asociación 'Yo No Renuncio'.
Muchas empresas están denegando el permiso, según la asociación 'Yo No Renuncio'.
Dudas sobre el permiso de ocho semanas para padres con hijos menores de ocho años.
Agencia Atlas

El permiso de ocho semanas para padres con hijos menores de 8 años aprobado el pasado mes de junio como Real Decreto en la Ley de Familias está creando dudas entre los empresarios. Según la asociación 'Yo No Renuncio' muchas empresas están denegando este permiso por el desconocimiento de esta nueva normativa, que deberá adaptar a la europea a partir del año que viene. La organización pide así más claridad al Gobierno, mientras que desde el Ministerio de Asuntos Sociales dejan claro que es un permiso por el que se cotiza y que las empresas deben concederlo. Estas son todas las claves del permiso para cuidado de menores: 

Para qué está pensado 

El permiso está pensado para el cuidado de los menores durante los meses de verano o con la vuelta al colegio en septiembre, entre otras situaciones. "Constituye un derecho individual de las personas trabajadoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio. Corresponderá a la persona trabajadora especificar la fecha de inicio y fin del disfrute o, en su caso, de los períodos de disfrute, debiendo comunicarlo a la empresa con una antelación de diez días o la concretada por los convenios colectivos, salvo fuerza mayor, teniendo en cuenta la situación de aquella y las necesidades organizativas de la empresa", dice la norma.

La duración

Las ocho semanas de duración de este permiso podrán disfrutarse seguidas o por separado, por días o por semanas, por lo que "podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, conforme a lo establecido reglamentariamente".

No remunerado, por poco tiempo

Impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, liderado por Ione Belarra, el permiso no es retribuido, aunque a partir de agosto Europa obliga a remunerarlo. El Ejecutivo aprobó en junio el Real decreto Ley para transponer las normas europeas en materia de conciliación entre la vida laboral y personal, por lo que la Directiva europea 2019/1158 del 20 de junio obliga a que estos permisos sean remunerados a partir del 2 de agosto de 2024.

La empresa no puede negarse

En cuanto a la empresa, no puede negar este permiso a los trabajadores que así lo soliciten a no ser que varios trabajadores de la misma empresa puedan y quieran acogerse a este derecho en el mismo periodo de tiempo, alterando el correcto funcionamiento. Entonces se puede acordar el aplazamiento de la concesión por un periodo razonable, justificándolo por escrito y después de haber ofrecido una alternativa de disfrute igual de flexible. La normativa deja claro que "derecho individual de hombres y mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio".

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