Así es el nuevo permiso laboral que pueden pedir los padres con la 'vuelta al cole' desde septiembre

Las familias ultiman ya todos los preparativos para la vuelta al cole.
Las familias ultiman ya todos los preparativos para la vuelta al cole.
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Las familias ultiman ya todos los preparativos para la vuelta al cole.

A pocos días de que comience el mes de septiembre, muchos padres ultiman las compras de material escolar, libros o uniformes para la vuelta al cole de los más pequeños. Este año, además, llega con una novedad importante, y es que el pasado mes de junio se aprobaba un Real Decreto por el que se podrá solicitar un permiso laboral de hasta ocho semanas para el cuidado de menores.

Impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, liderado por Ione Belarra, este nuevo permiso fue aprobado en el Consejo de Ministros hace varios meses, y tiene como objetivo favorecer la conciliación familiar y laboral en España.

Cómo funciona este permiso laboral

En total, son tres los nuevos permisos que empiezan a estar vigentes, entre ellos, uno de ocho semanas para el cuidado de los hijos e hijas. "Las personas trabajadoras tendrán derecho a un permiso parental, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años", recoge el decreto.

En este sentido, la duración no podrá ser superior a ocho semanas continuas o discontinuas, por lo que "podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, conforme a lo establecido reglamentariamente". 

El permiso no tiene remuneración económica y está pensado, por ejemplo, para el cuidado de los menores durante los meses de verano o con la vuelta al colegio en septiembre, entre otras situaciones.

"Este permiso constituye un derecho individual de las personas trabajadoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio. Corresponderá a la persona trabajadora especificar la fecha de inicio y fin del disfrute o, en su caso, de los períodos de disfrute, debiendo comunicarlo a la empresa con una antelación de diez días o la concretada por los convenios colectivos, salvo fuerza mayor, teniendo en cuenta la situación de aquella y las necesidades organizativas de la empresa", indica la nueva normativa.

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