¿Qué animales estarán prohibidos por la nueva Ley de Bienestar Animal?

Tres cobayas comiendo.
Tres cobayas comiendo.
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Tres cobayas comiendo.

La entrada en vigor de la nueva Ley de Bienestar Animal es inminente. Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 28 de marzo, esta nueva normativa estatal sobre protección de los derechos y el bienestar animal entra en vigor este 29 de septiembre y trae algunos cambios en los cuidados básicos de nuestras mascotas consigo.

Además de la identificación obligatoria de animales de compañía (por ahora confirmada tan solo en perros, gatos y hurones) y la esterilización de gatos obligatoria antes de los seis meses, son varias las nuevas responsabilidades de los tutores y, una de las que más ha preocupado desde su primera versión es el listado positivo de animales de compañía.

Listado de animales prohibidos

Pero, ¿en qué consiste este listado? Lo que la nueva Ley de bienestar animal pretende es la creación de un listado positivo (como ya tienen otros países europeos como Bélgica, Holanda o Luxemburgo) con el que "regular la importación y exportación de animales de compañía", así como contar con una lista de mascotas cuya tenencia, venta y comercialización esté permitida, pero "priorizando criterios de seguridad para las personas, salud pública y medioambientales".

Criterios para la entrada de una especie en el listado

¿Esto que quiere decir? Básicamente, que la inclusión de una especie a este listado de mascotas que sí podremos tener en el hogar se ajustará a varios criterios: protección animal, especies invasoras y especies protegidas, y nivel de peligrosidad.

Por un lado, los animales "deberán ser fáciles de mantener en cautividad y los cerramientos o alojamientos donde vivan o estén albergados deberán reunir condiciones para que puedan desarrollar adecuadamente sus necesidades fisiológicas, etológicas y ecológicas básicas", según dicta la ley.

En segundo lugar, "solo se incluirán en el listado especies para las cuales no haya indicios o evidencias de que, en caso de escape, puedan sobrevivir en la naturaleza, suponiendo así un riesgo ecológico. Especialmente solo se incluirán animales que no son o no puedan ser vectores de organismos nocivos para la biodiversidad autóctona o no presenten carácter invasor demostrado en algún lugar del mundo", añaden. 

En tercer lugar, tampoco formarán parte del listado ejemplares de especies protegidas, "especialmente las incluidas en el régimen de protección especial, tanto en el ámbito estatal como autonómico, o especies silvestres de fauna no presentes de forma natural en España protegidas por el Derecho de la Unión europea y los tratados internacionales ratificados por España".

Y, por último, solo se incluirán en el listado "especies no agresivas por naturaleza o peligrosas, o que no supongan riesgos para la salud o seguridad de las personas u otros animales, o ningún otro peligro concreto, especialmente de acuerdo a la normativa vigente sobre tenencia de animales peligrosos", concluyen.

Entonces, ¿mi mascota podría prohibirse?

A pesar de las numerosas informaciones y rumores que afirman que muchos animales de compañía como cobayas, conejos o hámsteres van a quedar prohibidos con esta nueva ley, la realidad queda muy lejos, empezando porque la entrada en vigor de la normativa no va a cambiar nada hasta que no haya un reglamento y se cree el listado positivo.

Esto significa que, por el momento, ninguna mascota que no estuviera prohibida antes pasará a estarlo, lo que significa que nadie va a quitarte a tu periquito, conejo o hámster y que, de pasar a estarlo en algún momento (en un periodo máximo de dos años en el que se establece el plazo para crear este listado positivo), no tendremos que entregarlos, sino notificarlos, como ocurrió en su día con el erizo o el cerdo vietnamita.

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