Estas serán las mascotas que se deberán notificar desde septiembre con la nueva Ley de Bienestar Animal

Serpiente
Serpiente
PIOTR MARCINSKI / Getty Images
Serpiente

El próximo 29 de septiembre, seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y tal y como aparece dispuesto en dicho texto legal, entrará en vigor la Ley de Bienestar Animal. Llamada oficialmente Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, este nuevo marco normativo implica nuevas obligaciones y deberes para aquellos ciudadanos que tengan animales a cargo.

Si para los dueños de perros la nueva ley establece la necesidad de contratar un seguro de responsabilidad civil para ellos, la ley también recoge una serie de animales cuya tenencia será especialmente vigilada.

Estos son los animales que deberán notificarse

En la disposición transitoria segunda de la sección tercera del texto legal se establece la "prohibición de determinadas especies como animales de compañía". La tenencia de estas especies queda prohibida a partir de la entrada en vigor de la ley, el próximo 29 de septiembre, "hasta la aprobación y publicación del 'listado positivo' al que corresponda la especie". En el caso de aquellos que ya posean a estos animales, la ley especifica que "tendrán la obligación de comunicar a las autoridades competentes la tenencia de estos animales, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley". 

Los animales contemplados por esta disposición son los siguientes:

  • Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales.
  • Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios.
  • Todos los primates.
  • Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg.
  • Especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad.

La Ley de Bienestar Animal establece que, a partir de la entrada en vigor de la normativa, y hasta la aprobación del correspondiente listado positivo, "las autoridades competentes adoptarán las medidas necesarias para su intervención y puesta a disposición a centros de protección de animales". 

Posibles multas en caso de no notificar

La nueva ley contempla también el régimen sancionador correspondiente a las infracciones, en base a su gravedad. La tenencia de los animales mencionados anteriormente, así como no notificarla, puede suponer una infracción y, por lo tanto, una sanción correspondiente. 

Esta es la tabla de sanciones contemplada en la Ley de Bienestar Animal:

  • Las infracciones leves con apercibimiento o multa de quinientos a diez mil euros.
  • Las infracciones graves con multa de diez mil uno a cincuenta mil euros.
  • Las infracciones muy graves con multa de cincuenta mil uno a doscientos mil euros.
Mostrar comentarios

Códigos Descuento