Qué incluye el seguro de impago de alquiler: requisitos para contratarlo y coberturas

  • El seguro sufraga los deterioros provocados por el inquilino, e incluso por terceros.
  • Desahucios, incendios, 'realquileres' o vandalismo son algunas de las claves a las que responde el contrato.
La firma de un contrato de alquiler implica que el propietario cede el uso de la vivienda a cambio de una compensación económica.
Foto de archivo Vivienda.
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La firma de un contrato de alquiler implica que el propietario cede el uso de la vivienda a cambio de una compensación económica.

Que un inquilino deje de pagar el alquiler es un problema al que cualquier propietario de vivienda se podría enfrentar y es la razón por la que muchos evitan ofrecer este servicio de carácter más temporal, que temen quedarse sin su ingreso mensual. Son los llamados 'morosos', pero existen fórmulas para librarse de las consecuencias negativas que acarrean, garantizadas por el seguro de impago de alquiler.

Antes de conocer las múltiples y diversas coberturas que ofrece este seguro, es preciso saber qué condiciones se deben cumplir para su contratación, y una de las más importantes es un análisis de solvencia económica del inquilino. La empresa aseguradora preferirá contratar con el propietario cuyo arrendatario destine una menor parte de sus ingresos a la vivienda.

El resto de condiciones no son tan exigentes: contrato laboral, copia del DNI, la firma del inquilino, declaración de la renta... Dependerá también del perfil del propietario el tipo de documentación que se solicite, pues no se precisará la misma documentación para un autónomo que para un pensionista.

¿De qué me sirve el seguro de impago?

Los seguros de impago de alquiler ofrecen soluciones que protegen al arrendador cuando el inquilino deja de abonar la renta correspondiente. Pero eso no es todo: este contrato ofrece otras muchas coberturas de interés para el propietario, que van desde los casos de 'realquiler' por parte del inquilino hasta la reparación en caso de vandalismo.

Si bien todas las compañías aseguradoras no ofrecen la mismas condiciones de contrato, Idealista cuenta con uno de los contratos más completos y, sobre él, es posible comprender las coberturas. Lo primero que ofrece el portal inmobiliario es la reclamación en caso de que el inquilino interrumpa el abono de la cuota, adelantando la cuantía correspondiente a 12 meses como máximo.

Todo tipo de coberturas

El inquilino no solo podría dejar de pagar, sino también intentar lucrarse con el hogar, poniendo en 'realquiler' la vivienda completa o alguna parte de la misma, o bien efectúa alguna obra en su interior sin consentimiento del propietario, el seguro de impago cubre los costes legales de la reclamación vinculantes a dichas actividades ilegales

La empresa aseguradora se encarga de sufragar los costes legales, incluso cuando sean extensibles al ámbito de lo penal, es decir, cuando se refiera a la acusación de delitos penales, por ejemplo, si el inquilino acusa al casero de haber vulnerado su privacidad al intentar acceder al domicilio. También se habilitará un abogado para cualquier duda que el tomador del seguro pueda tener, incluyendo asistencia por teléfono.

El seguro también se encarga de los gastos del desahucio en caso de la aprobación legal del lanzamiento, como pueden ser los gastos de cerrajero y cerradura. También contempla los daños causados por incendio en la propiedad alquilada.

Otra de las consecuencias más temidas por los propietarios es la destrucción del inmueble por parte del inquilino. En tales supuestos, una vez se haya procedido al desahucio, la compañía tiene encomendada la evaluación del impacto económico del acto vandálico y podrá sufragar el valor del mismo, eso sí, con el techo marcado en los 3.000 euros.

Daños de terceros

Aunque el nombre del seguro haga referencia indirecta al inquilino, existen coberturas aplicables a personas externas al contrato, pues incluye aquellas reclamaciones que sean de origen extracontractual. Esto implica que si la vivienda es deteriorada por un tercero, como podría ser el caso de daños ocasionados por un vecino, la aseguradora se hace cargo de reclamar el perjuicio.

El seguro cubrirá no solo la reclamación en tales casos de deterioro, sino también la defensa legal, entendiendo esta como la protección en litigios contra algún vecino y también la comunidad de vecinos, ante cualquier demanda relativa a la vivienda.

Personas físicas... y jurídicas

El seguro de impago de alquiler no solo se dirige a proteger al propietario de terceras personas, también incluye las reclamaciones a compañías que alteren los enseres de la vivienda cuando se les haya contratado -por ejemplo, para arreglar un desperfecto- y el problema persista o no se haya resuelto adecuadamente. En este caso, la aseguradora podrá ocuparse incluso de la vía judicial por la reparación o mantenimiento indebido.

Y cuando hablamos de compañías no solo nos referimos a las de energía, de luz, agua, gas... también a otras aseguradoras. Es posible que el tomador tenga contratadas empresas distintas dependiendo del seguro, ya sea de hogar, vida, coche... Pues el seguro de impago de alquiler también contempla protección legal contra otros seguros que no se están haciendo cargo de las contingencias contratadas.

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