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Lo que debes hacer si eres uno de los 450.000 españoles con el voto en Correos: plazos, alternativas y último día para depositarlo

Estas elecciones generales del 23 de julio el voto por correo es uno va a ser uno de los protagonistas. Sin embargo, hay muchas dudas. ¿Se puede anular el voto por correo?, ¿quién puede anularlo?, ¿hasta cuándo se puede votar?... te resolvemos estas y otras cuestiones
Al menos 450.000 personas no han recogido aún su voto por correo.
Estas elecciones generales del 23 de julio el voto por correo es uno va a ser uno de los protagonistas. Sin embargo, hay muchas dudas. ¿Se puede anular el voto por correo?, ¿quién puede anularlo?, ¿hasta cuándo se puede votar?... te resolvemos estas y otras cuestiones

A menos de seis días de las elecciones y tan solo a tres de que finalice el plazo de sufragio por vía postal, Correos ha dado las cifras de las personas que no han sido localizadas por los carteros tras haber hecho dos intentos de entrega en mano y que tienen su voto depositado en las oficinas de Correos a la espera de que el destinario vaya a recogerlo.

¿Cuánta gente hay en esta situación?

Correos ha explicado a través de un comunicado que, a 17 de julio, al menos 450.607 personas —un 17% de los ciudadanos que pidieron el voto por correo— lo tienen a su disposición en su oficina y no se han acercado aún a recogerlo. 

¿Por qué no se han entregado estos votos?

Correos asegura que los carteros han realizado varios intentos de hacer la entrega en mano, tal y como no marca la ley, pero al no dar con ellos y tras dejar un aviso, son los propios interesados los que deben ir acudir a su oficina para que se les haga entrega de este.

Correos ha anunciado que el 100% de los solicitantes del voto de cara a las elecciones del próximo domingo 23 de julio recibirán las papeletas a lo largo del día de hoy.

¿Qué alternativas tengo?

Algunos ciudadanos podrán recogerlo si no han ido de vacaciones aún y lo tienen en su oficina postal. Otros, en cambio, aseguran que no podrán volver a por él porque se encuentran fuera del extranjero y nos les da tiempo a volver a su oficina para recogerlo y depositarlo.

¿Tengo tiempo de pedir que lo manden a otra dirección?

La Junta Electoral Central permite la reexpedición de la documentación electoral a otras señas siempre que medie petición expresa del elector. Si una persona ha solicitado su voto por correo en una dirección y tiene que irse antes de recibirla, puede realizar este trámite en cualquier oficina de Correos. El elector deberá solicitar el cambio de dirección con tiempo suficiente para que Correos pueda hacerle llegar su documentación a la nueva dirección.

¿Me quedo sin votar si no voy a por el voto a mi oficina?

Una vez que el voto ha sido solicitado, el elector no podrá acudir al colegio electoral para participar en las elecciones, de esta forma, si no se recoge la documentación pertinente en la oficina de Correos, no se podrá votar.

¿Qué plazo tengo para depositar el voto?

Los solicitantes tienen de plazo hasta el jueves 20 de julio para depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de correos de toda España. 

¿Y si no puedo ir en persona?

Los electores que no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto deberán presentar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ir firmada por el elector y acompañada de una fotocopia de su DNI, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

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