Nacimiento, adopción o acogimiento de menores: así puedes añadir estas deducciones en la Renta 2023-2024 en Andalucía

Declaración de la Renta.
Declaración de la Renta.
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Declaración de la Renta.

El inicio de la campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2023 comienza el 3 de abril y por esto resulta necesario tener presente las deducciones autonómicas que se podrán aplicar los contribuyentes declarantes del IRPF. En Andalucía existen más de diez deducciones y entre las que obedecen a motivos familiares destaca una por nacimiento, adopción o acogimiento de menores.

Según destaca la Junta de Andalucía, el importe máximo de la deducción es de 200 euros por cada hijo nacido, adoptado o por cada menor que haya sido acogido durante el periodo impositivo. En el supuesto de que el contribuyente viva en un municipio con riesgo de despoblación, la cantidad máxima se elevará hasta llegar a los 400 euros.

También se debe mencionar que, en caso de que se produzcan partos, adopciones o acogimientos múltiples, la deducción se incrementará en 200 euros por cada menor. Asimismo, las cantidades se dividirán en partes iguales cuando más de una persona pueda aplicarse la deducción.

Requisitos de la deccuión

Para poder beneficiarse de esta deducción, cuando se realice la declaración de forma individual las bases imponibles general y del ahorro no podrán superar los 25.000 euros anuales, mientras que cuando se presente de manera conjunta el límite será de 30.000 euros.

Por último, se debe mencionar que en los casos de acogimiento familiar de menores solamente podrá aplicarse esta deducción los contribuyentes que no hayan recibido otras ayudas autonómicas relacionadas con el acogimiento. Además, el menor tendrá que convivir un mínimo de 90 días con el contribuyente durante el periodo impositivo.

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