Cómo solicitar el borrador de la Renta 2023-2024 por Internet, paso a paso

Este miércoles 3 de abril de 2024 arranca la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2023. Los contribuyentes que tengan la obligación de declarar el IRPF anual, así como aquellos interesados, podrán acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria a partir de las 00.00 horas de este 3 de abril para confeccionar el borrador.
Este miércoles 3 de abril de 2024 arranca la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2023. Los contribuyentes que tengan la obligación de declarar el IRPF anual, así como aquellos interesados, podrán acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria a partir de las 00.00 horas de este 3 de abril para confeccionar el borrador.
Este miércoles 3 de abril de 2024 arranca la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2023. Los contribuyentes que tengan la obligación de declarar el IRPF anual, así como aquellos interesados, podrán acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria a partir de las 00.00 horas de este 3 de abril para confeccionar el borrador.
Este miércoles 3 de abril de 2024 arranca la campaña de la Renta y Patrimonio
Wochit

La campaña de la Renta y Patrimonio ya ha comenzado. A partir de este miércoles, los contribuyentes podrán tramitar y presentar el borrador de su declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en la web de la Agencia Tributaria.

En este sentido, también es posible consultar los datos fiscales del año previo, disponibles en la Agencia Tributaria, donde figura toda la información fiscal necesaria para la tramitación del borrador, esto es, rendimientos económicos, retribuciones dinerarias, patrimonio u otros conceptos.

A partir de este día, y hasta el 1 de julio, las personas que tengan la obligación de presentar la declaración anual del IRPF podrán hacerlo de manera telemática a través del portal 'Renta WEB' de la AEAT, en su sede electrónica, disponible en este enlace. 

Cómo tramitar el borrador de la Renta

Así, una de las dudas, sobre todo para aquellas personas que presenten la Renta por primera vez, es cómo tramitar el borrador. El primer paso es acceder a la web de la Agencia Tributaria, al apartado concreto que se habilitará el 3 de abril: 'Renta 2023'. 

Después, deberemos indicar la opción 'Tramitación del borrador/declaración'. Podrás acceder al servicio a través del certificado o DNI electrónico, con Cl@ve PIN o con el número de referencia introduciendo el DNI o NIE. 

Pasos para tramitar la declaración de la Renta 2024

El primer paso, si es la primera vez o ha habido algún cambio, será validar los datos del domicilio fiscal y los datos personales de la persona que tramitará la declaración y de los componentes de la unidad familiar, si los hubiera. Después, hay que seguir los siguientes pasos:

  • Tras la identificación, hay que seleccionar si se actúa en nombre propio o como representante.
  • Después, indica la Agencia Tributaria, accederás a los servicios disponibles de tu expediente. Para tramitar tu declaración, selecciona 'Borrador/Declaración (Renta WEB)'.
  • Haz clic en la opción 'Nueva declaración' e incorpora los datos fiscales, de familiares, cónyuges o hijos.
  • Si no necesitas incorporar información adicional, como deducciones autonómicas, accederás directamente al resumen de declaraciones.
  • Aquí comprobarás si el resultado es a pagar o a devolver.
  • En el caso de algún dato no incorporado a la declaración, "se mostrará previamente una ventana".

Las diferentes deducciones a las que se tenga derecho deberán incorporarse de manera manual en las correspondientes casillas, especialmente las autonómicas. Una vez añadidos todos los datos y revisados, hay que seleccionar la opción 'validar' para comprobar que no existen errores. 

Por último, elegir la opción 'presentar declaración' y si el resultado es una devolución, se deberá introducir el código IBAN de la cuenta del declarante. Si la declaración es a ingresar, aparecerán las opciones para el pago fraccionado y la domiciliación del importe

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