Igualdad asegura que el opositor a policía que cambió de género e hizo las pruebas físicas de mujeres apela a la Ley Trans de Madrid

Imagen de archivo de un agente de la Policía Local de Torrelodones.
Imagen de archivo de un agente de la Policía Local de Torrelodones.
AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES
Imagen de archivo de un agente de la Policía Local de Torrelodones.

El Ministerio de Igualdad ha asegurado este viernes que en el acta notarial presentada por el candidato a Policía Local de Torrelodones (Madrid), que se declaró mujer trans en el proceso de acceso al cuerpo, se apela a la ley trans de la Comunidad de Madrid del año 2016.

El Ayuntamiento de Torrelodones está estudiando con la Consejería de Interior y el Ministerio de Igualdad el primer caso de la Comunidad de Madrid en el que un aspirante a las pruebas físicas de Policía Local ha presentado un acta notarial con la solicitud de cambio de género para realizarlas como mujer.

El candidato comenzó el proceso de selección para Policía Local en enero como varón y superó la primera prueba de conocimientos, pero en esta segunda prueba física presentó el acta de solicitud de cambio de género el día de la prueba, por lo que el tribunal calificador decidió que hiciera las pruebas con dos baremos, como hombre y como mujer, hasta que Igualdad y la Comunidad de Madrid les trasladaran directrices sobre cómo actuar en este caso que se ha dado por primera vez tras la aprobación de la ley trans.

La ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI estatal, llamada ley trans, obliga en su artículo 44 a que la persona que quiera realizar este trámite comparezca en el registro en dos ocasiones, con un máximo de tres meses entre la primera y la segunda vez para confirmar su decisión. Posteriormente, el Registro Civil tendrá un mes más para dictar la resolución.

Por su parte, la ley trans madrileña recoge en su artículo 3 que su objeto es proteger el ejercicio efectivo de la libertad de las personas trans "sin discriminación en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social", especialmente, en esferas como el empleo.

Además, la ley trans autonómica establece en su artículo 4 que "ninguna persona será objeto de requerimiento alguno de pruebas de realización total o parcial de cirugías genitales, tratamientos hormonales o pruebas psiquiátricas, psicológicas o tratamientos médicos para hacer uso de su derecho a la identidad de género o acceder a los servicios o a la documentación acorde a su identidad de género sentida en las administraciones públicas o entidades privadas de Madrid".

Responsabilidades al Ministerio de Igualdad

El consejero madrileño de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López, ha sostenido este viernes que es al Gobierno central a quien le corresponde aclarar las consecuencias de la aplicación de la ley trans estatal.

La Comunidad de Madrid ha pedido al Ministerio de Igualdad un informe para interpretar la ley trans estatal, al tiempo que ha instado al Ejecutivo central a resolver este problema que pertenece al estatuto básico del funcionario.

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